Al sevillano Sergio D. S., guardia civil de profesión, le ha salido cara su actividad en las redes sociales, que han acabado por demostrar que tenía otro trabajo incompatible con su función pública. Este agente nunca reparó en que el teniente comandante de su cuartel podría seguirle la pista a golpe de click en las fotos que él subía a Facebook. Ahora, el Tribunal Supremo acaba de confirmar la sanción que le impuso el Ministerio de Defensa hace menos de año y medio.
La mentira de Sergio comenzó a destaparse en abril de 2016, cuando no acudió a su puesto de trabajo durante dos días. Alegó que se encontraba enfermo. Su jefe dudó de su palabra y rastreó su perfil de Facebook hasta que descubrió que éste se dedicaba, junto a su pareja, a la gestión de dos bares de copas en Sevilla, Arfe 11 y NODO.
En la mayoría de las ocasiones que Sergio D.S. publicaba una entrada en Facebook sólo usaba una foto de ambiente de los locales y una frase del tipo: "Espectacular semana de finales de julio en Arfe Once. Esta es la recompensa del trabajo bien hecho. Somos el local de moda en el centro de Sevilla”.
Sergio se dejaba ver en contadas imágenes. Pero en otras, en cambio, sí aparecía acompañado de invitados de postín. "Visita especial. Varios meses en contacto y por fin coincidimos, y en Arfe Once. Prólogo de una tarde maravillosa". El hombre que en esa ocasión estaba con él era el periodista Carlos Herrera, locutor de COPE en la actualidad.
Pues bien, esa actividad de Sergio D. S. en Facebook le ha conllevado una sanción del cuerpo. En una sentencia fechada hace mes y medio, el 18 de diciembre de 2019, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la suspensión de empleo por un período de seis meses y un día por una infracción muy grave recogida en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil consistente en "desarrollar cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades".
El Ministerio de Defensa también le impuso una sanción de "veinte días de pérdida de haberes con suspensión de funciones" por la comisión de una falta grave por “la falta de prestación del servicio amparándose en una supuesta enfermedad, así como la prolongación injustificada de la baja para éste".
Un parte médico retroactivo
El Ministerio de Defensa sancionó a Sergio D. S. el 15 de octubre de 2018. Pero la madeja de mentiras del guardia civil sancionado comenzó a deshacerse dos años y medio antes. El teniente comandante de su puesto se dio cuenta de que algo no cuadraba entre el supuesto mal estado de salud que el joven esgrimía para faltar al trabajo y su vida fuera del mismo.
El 9 de abril de 2016, un soleado sábado de la primavera de Sevilla, el agente llamó al puesto de la Guardia Civil en Mairena del Aljarafe, un pueblo de la periferia de la capital andaluza en el que estaba destinado. Dijo que se encontraba “indispuesto para prestar el servicio” que debía cumplir aquel día. Tampoco acudió la jornada siguiente.
El teniente comandante del puesto le exigió durante los días siguientes que presentara un parte médico que justificase su baja laboral. Sergio D. S. lo aportó diez días más tarde, el 19 de abril de 2016. Pero tenía fecha del 11 de ese mes. En aquel justificante se decía que el guardia civil “precisó reposo domiciliario en las 24-48 horas previas a la consulta".
Pero el jefe de Sergio D.S. no quedó convencido con aquel parte médico. Comenzó a indagar en la actividad de las redes sociales de su subalterno. Constató que dicho agente estaba dedicado a la gestión de dos locales de copas situados en el centro de Sevilla al menos desde julio de 2015 y hasta abril de 2016 "sin que tenga solicitada ni concedida autorización oficial para ello por el Ministerio del Interior, tal como resulta preceptivo".
Finalmente, el guardia civil recurrió la sanción que le impuso el Ministerio de Defensa. Alegó, entre otros motivos, que las fotos de Facebook se habían publicado en días en los que no estaba de servicio y que él no obtenía ningún beneficio económico de aquella actividad empresarial.
Sin embargo, en la sentencia se explica que "la razón de la incompatibilidad (...) no se encuentra en la percepción de retribuciones, sino en la perturbación que esa segunda actividad puede producir en la imparcialidad e independencia con que la Guardia Civil debe ejercer sus funciones”.
El fallo también acredita que Sergio D.S. aquirió ambos negocios a través de la empresa Petolla 11 SL y que el alquiler de los locales de ambos establecimientos se hacen a nombre de la citada sociedad.
En la sentencia se explica que Sergio D.S. aparecía como gerente de ambos locales en sus respectivos perfiles de Facebook y que en ellos se incluía su propio número de teléfono como forma de contacto.
El fallo del TS recoge varias frases que acreditan la implicación directa del agente sancionado en dichos pubs. "Hoy sí terminan las navidades para mí. Pero seguiremos de la misma forma, trabajando con fuerza", decía en enero de 2016.
Este periódico se ha puesto en contacto con Sergio D. S. para darle la posibilidad de explicarse de manera pública. Decidió no hacerlo. Sólo dijo que los hechos son "algo que ya ha pasado" y explicó que en la actualidad se encuentra en "el retiro de la Guardia Civil".
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