La multa de la DGT más perseguida con el fin de las restricciones nocturnas: 1.000 euros de sanción
La Dirección General de Tráfico también quitará seis puntos del carnet a todos los infractores.
27 septiembre, 2021 17:04Noticias relacionadas
La Dirección General de Tráfico (DGT) insiste constantemente en mantener una actitud adecuada siempre que se esté circulando, para evitar poner en riesgo tanto la vida del propio usuario como la del resto de vehículos. Multitud de comportamientos que suceden a diario como conducir manipulando la radio o usando el teléfono móvil, suponen una distracción que pueden derivar en accidentes catastróficos, pero si esto es motivo de sanción, existen dos conductas que pueden acarrear incluso penas de cárcel: conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas.
Dar positivo en alguna de estas dos sustancias puede suponer una multa de hasta 1.000 euros, la detracción de seis puntos del carnet de conducir e incluso puede incurrir en delito penal si la tasa es muy alta. Ahora mismo, con el fin de las restricciones, estos son comportamientos todavía más comunes.
En España se tipifica como delito estos actos por "conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas" castigado con penas de presión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años
Si vas a conducir una 🚴🛵🏍️🛴🚗🚚🚍
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) September 25, 2021
o cualquier tipo de vehículo, 0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣0️⃣#AlcoholYOtrasDrogas 🥂🍷🍺.
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Motivo de multa
En el caso de conducir bajo los efectos del alcohol, si se supera una tasa de 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l, se sanciona con 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet. Si el conductor supera los 0,50 mg por litro de aire espirado, asciende a 1.000 euros y la pérdida de seis puntos. En el caso de ser reincidente, la multa seguiría siendo de 1.000 euros.
Las penas de cárcel aparecen cuando la tasa es superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 gr/l en sangre, donde la infracción pasaría a considerarse un delito contra la seguridad vial, castigado por el Código Penal. La prisión también se le aplicaría a las personas que se nieguen a realizar el control de alcoholemia.
Por otro lado, conducir bajo los efectos de las drogas está sancionado con una multa de 1.000 euros y la retracción de seis puntos del carnet, es un comportamiento igual de peligroso que circular con alcohol en el organismo.
Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, está considerado delito y penado con prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios de la sociedad. Negarse a realizarse el control correspondiente, también está sancionado con prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir.
Efectos en la conducción
El alcohol y las drogas alteran gravemente el proceso de la toma de decisiones en la conducción, poniendo en riesgo la seguridad de todos los usuarios que estén circulando. Alguno de estos efectos son:
La asimilación de la información como las luces, señales y obstáculos es deficiente, debido a las alteraciones perceptivas y atencionales como la disminución del rendimiento muscular, del campo visual o del nivel de atención, entre muchos otros.
Se altera gravemente el pensamiento y el razonamiento para tomar una buena decisión.
Se descoordinan y se hacen menos preciosas las acciones motoras, como la falsa seguridad en sí mismo, el aumento de conductas impulsivas o la disminución del sentido de la responsabilidad.
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