Guía de restricciones por Comunidades Autónomas: qué puedo hacer y qué no en Nochebuena y Navidad
Cataluña y Murcia son las regiones que imponen mayores restricciones mientras que vuelve la mascarilla obligatoria en exteriores a todo el país.
24 diciembre, 2021 05:51Noticias relacionadas
La escalada de contagios por la variante Ómicron del coronavirus ha movido al Gobierno y a las comunidades autónomas a adoptar nuevas restricciones con el objetivo de contener la pandemia en las mismas puertas de la Navidad. Pese a la implantación del pasaporte Covid en diferentes regiones para acceder al ocio nocturno, a la hostelería y a otras actividades en espacios cerrados, la alta transmisibilidad de la nueva variante ha urgido a algunas administraciones autonómicas a ir más allá.
Este jueves se registró, por tercer día consecutivo, el récord de contagios hasta alcanzar los 72.912 nuevos casos y una incidencia acumulada en los últimos 14 días de 911 casos por 100.000 habitantes, el mayor pico en todo 2021.
La única medida consensuada por el Gobierno y las Comunidades Autónomas en todo el territorio es la del uso obligatorio de mascarilla en exteriores. La medida varía respecto a la que estuvo vigente algo más de un año, de mayo de 2020 a finales de junio de 2021. En el caso del nuevo mandato, la mascarilla es obligatoria "en cualquier espacio libre al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público". Las excepciones son los espacios naturales como el campo o la playa. Tampoco será obligatoria en el momento de hacer deporte, siempre que se guarde la distancia prudencial de seguridad.
En cambio, la obligatoriedad de la mascarilla en el periodo anteriormente mencionado estaba sujeta, según el BOE, a que no fuese posible guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros.
En el caso concreto de cada comunidad, Cataluña es la comunidad que ha ordenado restricciones más severas ante la expansión de la sexta ola, con un nuevo toque de queda vigente a partir de este viernes 24 de diciembre, de 1:00 a 6:00, la limitación de las reuniones a 10 personas y el cierre completo del ocio nocturno. Las medidas han sido respaldadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Murcia, por su parte, cerrará toda la actividad no esencial a partir de la 1:00 de la madrugada, reducirá aforos y limitará las mesas en la hostelería. Otras, como La Rioja o Melilla, mantienen la restricción del aforo en el ocio nocturno a un 75% de la ocupación, porcentaje que baja hasta el 60% en Baleares.
Aunque la mayoría de comunidades no establecen un número de personas para las reuniones (solo Canarias y Cataluña), los gobiernos de País Vasco, Navarra, Murcia, Galicia y Extremadura recomiendan que no se exceda el número de 10 personas en las celebraciones navideñas y que se extremen las medidas de precaución.
A continuación, estas son las restricciones que rigen en cada comunidad autónoma a 24 de diciembre:
Andalucía
No hay límite de personas en las reuniones ni restricciones horarias. Tampoco de aforo ni de horarios en la hostelería ni en el ocio nocturno, más allá del que indique la licencia de cada establecimiento. Por otro lado, el pasaporte Covid es obligatorio en todos los espacios interiores de hostelería y ocio nocturno. También en hospitales y residencias. Esta última medida no afecta a menores de 12 años y trabajadores, y está vigente, por el momento, hasta el 15 de enero.
Aragón
Se permite al aforo del 100 % en bares y restaurantes y horario de cierre según licencia. Lo mismo aplica al ocio nocturno. En cuanto al pasaporte Covid, este es obligatorio en locales de ocio nocturno con aforo igual o superior a 50 personas. En los de aforo inferior se exigirá también, pero solo a partir de las 21:00.
El pasaporte también es obligatorio en salones de juegos y apuestas con la misma capacidad, en celebraciones familiares de más de 10 personas que se celebren en establecimientos de hostelería y restauración (incluidas bodas, comuniones, bautizos, etc...), en hospitales y residencias sociosanitarias, y en eventos que reúnan a más de 500 personas en un lugar cerrado o 1.000 en un espacio abierto.
No hay límite de personas en las reuniones ni restricciones horarias.
Asturias
Sin restricciones más allá de las indicadas por la licencia de cada establecimiento en la hostelería y en el ocio nocturno. La comunidad está a la espera de recibir aval judicial para implantar el pasaporte COVID en la hostelería y en las actividades que se desarrollen en espacios interiores pero, en ningún caso, la medida entraría en vigor antes del 27 de diciembre.
Baleares
No hay límite de aforo y horarios en la hostelería, pero en el ocio nocturno la ocupación de interiores no puede pasar del 60%. Se pide también pasaporte Covid, al menos, desde el 4 de diciembre al 24 de enero, tanto en el ocio nocturno como en la hostelería y salas de eventos con un aforo superior a las 50 personas. En Menorca, el pasaporte se extiende a cines y espacios culturales donde se pueda consumir comida y bebida, gimnasios, academias de baile y pisos turísticos con habitaciones de uso compartido. En Mallorca, el pasaporte se extiende a los albergues.
Por otro lado, los sanitarios están obligados a mostrar el pasaporte Covid en su puesto de trabajo o, por el contrario, tienen que someterse a tres pruebas diagnósticas semanales, dos de ellas PCR.
La comunidad está a la espera de recibir la autorización judicial para extender el pasaporte a todos los establecimientos de restauración.
Canarias
En Canarias, las restricciones varían en función de cada isla. En Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura (nivel 3) se limitan las reuniones a seis personas; en La Palma (nivel 2) a ocho y, en Lanzarote, La Gomera y El Hierro (nivel 1), a 12 personas. La limitación tiene la excepción los días de Nochebuena y Navidad, donde se permitirán reuniones de hasta 10 personas en las cuatro primeras islas (niveles 2 y 3).
Por otro lado, en el nivel 1, no se pide el pasaporte Covid, aunque hay límite de aforo en los interiores de la hostelería, marcado en un 75% de la ocupación con un máximo de 12 personas por mesa y cierre a las 3:00 horas. En el nivel 2 se limitan las terrazas al 75% y los interiores al 50%. Se permiten mesas, como máximo, de ocho personas y el cierre se impone a las 2:00. Por último, en el nivel 3, las terrazas se limitan al 75%, los interiores al 40% y la ocupación de las mesas a seis personas, con cierre a la 1:00.
El pasaporte covid se puede pedir, de tal forma que quienes lo apliquen podrán tener las restricciones del nivel anterior, no habiendo ninguna limitación en el caso del nivel 1.
El Gobierno de las islas pedirá al Tribunal Superior de Justicia de Canarias que el pasaporte Covid sea obligatorio en los niveles 3 y 4 en bares con aforo de más de 30 personas, ocio nocturno, eventos de más de 500 personas, espacios culturales, gimnasios, centros sanitarios y residencias.
Por último, se exige a todos los turistas que visiten canarias la presentación del pasaporte Covid o, en su defecto, del certificado de vacunación o la prueba de haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses. También se aceptan pruebas diagnósticas con resultado negativo.
Cantabria
En Cantabria, las restricciones varían según el nivel en el que se encuentre cada municipio. Así, en el "nivel de riesgo controlado", no hay limitaciones de horario y aforo en la hostelería mientras que, en los niveles 1 y 2, se exige el pasaporte Covid y se establece un máximo de 10 personas por mesa.
En cuanto al ocio nocturno, en los niveles 1 y 2, se impone el requisito de que los locales tengan medidores de CO2 y el pasaporte Covid. El aforo en interiores queda limitado al 75% en el nivel 1 y al 50% en el nivel 2. El máximo permitido por mesa en ambos casos es de 10 personas, al igual que en la hostelería. No hay restricciones para los municipios con "nivel de riesgo controlado".
El pasaporte se extiende igualmente para acceder a espacios cubiertos en los que se pueda consumir comida y bebida.
El día 27 de diciembre se actualizará el semáforo de niveles, momento en el que se prevé que numerosos municipios pasen de nivel de riesgo controlado al nivel 1, y de este al 2.
Castilla-La Mancha
Sin restricciones de aforo u horarios tanto en hostelería como en ocio nocturno. No se pide el pasaporte Covid.
Castilla y León.
Sin restricciones ni pasaporte Covid, más allá de la limitación de aforo en espacios cerrados hasta el 85% (menos hostelería y comercio) y límite del 75% en el caso de eventos deportivos.
Cataluña
Se establece el toque de queda desde la 1:00 a las 6:00 a partir del 24 de diciembre en municipios de más de 10.000 habitantes con una incidencia acumulada superior a los 250 casos por 100.000 habitantes. También cierra por completo el ocio nocturno y las reuniones se limitan a 10 personas.
La restauración tendrá un aforo máximo del 50% y es obligatorio el pasaporte Covid Obligatorio en el interior de bares y restaurantes, gimnasios y centros deportivos, residencias, conciertos en interiores, celebraciones o reuniones privadas en hoteles o salas de eventos.
Por último, se limita a un 70% el aforo en ceremonias religiosas y civiles, incluidas las bodas y los funerales y entierros.
Comunidad Valenciana
Se exige el pasaporte Covid, al menos, hasta el 31 de enero, en la mayoría de establecimientos abiertos al público, desde la restauración hasta los gimnasios, pasando por los espacios culturales. La hostelería no tiene limitaciones aunque las mesas se mantienen limitadas a un máximo de 10 personas. Lo mismo se aplica al ocio nocturno.
Extremadura
Sin límite de personas en reuniones y sin restricciones de aforo u horarios en la restauración, ocio nocturno y demás establecimientos abiertos al público.
Galicia
La restauración no tiene límite de aforo pero las mesas se restringen a un máximo de ocho personas en interiores y de 15 en terrazas. El horario de cierre es a la 1:00, a excepción de las noches de viernes y sábado, que se extiende hasta la 1:30. En el ocio nocturno se aplican las mismas medidas, y los horarios fijan el cierre a las 4:00, hora que se alarga hasta las 4:30 en las noches de viernes y sábado.
Se exige el pasaporte covid a partir de las 21:00 en bares y cafeterías, y en establecimientos de restauración, ocio nocturno y otros abiertos al público, así como en eventos multitudinarios.
Comunidad de Madrid
Sin restricciones más allá de las que indican las propias licencias de cada actividad comercial u hostelera. No se puede fumar en terrazas si no hay una distancia mínima de dos metros.
Murcia
Se impone el cierre de toda la actividad no esencial entre la 1:00 y las 6:00 de la mañana a partir del 24 de diciembre. Las mesas en la hostelería y ocio nocturno quedan limitadas a 10 personas en interiores y a 12 en exteriores y no se permite el consumo de pie.
El resto de restricciones varían en función del nivel en el que se encuentre cada municipio. En el caso de las localidades en nivel 4, se limita el aforo en interiores al 30%; al 50% en los de nivel 3 y al 75% en los niveles 1 y 2. Las terrazas no tienen límite de aforo.
Por otro lado, se exige el pasaporte Covid en el ocio nocturno. La limitación de aforo es la misma que rige en la hostelería, donde el pasaporte es solo obligatorio si así lo decide el establecimiento.
Navarra
Sin restricciones de aforo u horarios más allá de los que exigen las licencias para cada tipo de actividad. No se puede fumar en terrazas sin distancia mínima de seguridad. El pasaporte Covid es obligatorio en restaurantes de más de 60 comensales, discotecas y salas de fiesta. La medida está vigente, de momento, hasta el 6 de enero.
País Vasco
No hay restricciones de aforo o de horario, aunque se exige el pasaporte Covid para entrar en la hostelería o el ocio nocturno. Este también se extiende a salas de conciertos, centros deportivos, gimnasios o lugares donde se concentren más de 100 personas, así como centros de salud, residencias y prisiones.
La Rioja
Tampoco hay limitaciones de aforo u horario y se exige el pasaporte Covid para el ocio nocturno y establecimientos de hostelería de más de 50 comensales, así como hospitales y eventos al aire libre de más de mil personas con consumo de bebida y comida.
Ceuta
Sin más restricciones que las que indica la licencia de cada actividad y pasaporte Covid en hospitales, residencias, ocio nocturno y restauración en establecimientos de más de 50 comensales. Se mantiene la prohibición de fumar en terrazas sin al menos dos metros de distancia y se permite el uso de la barra, con una distancia de 1,5 metros.
Melilla
El aforo interior de hostelería y ocio nocturno está limitado al 75% y no hay restricción en exteriores. No se puede fumar en las terrazas y se puede consumir en barra. aforo interior del 75 % y exterior del 100 % con apertura hasta la hora que fije la licencia.
El pasaporte Covid se puede pedir en la hostelería y ocio nocturno y es obligatorio para visitas a pacientes en centros sanitarios y prisiones.