Si necesitas gafas y te pillan sin ellas conduciendo, la DGT te multa con 200€

Si necesitas gafas y te pillan sin ellas conduciendo, la DGT te multa con 200€ Nuria Pérez

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La multa de la DGT más desconocida: 200 euros para los conductores que necesiten gafas

Si en tu permiso de conducir se indica que debes utilizar lentes de contacto y no lo haces, estarás cometiendo una infracción sancionable. 

24 marzo, 2022 11:39

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El 21 de marzo entró en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad vial, y aunque la DGT ha iniciado una campaña para poner en conocimiento de los conductores cuáles son las nuevas medidas y sus sanciones, todavía hay dudas. La realidad es que desconocemos muchas de las razones por las que podemos ser multados por lo agentes de tráfico, como por ejemplo llevar los cristales sucios, que indirectamente ponen en peligro tanto al conductor como a los demás coches de la vía. Tener una buena visibilidad mientras se conduce es fundamental, y si tienes probelmas de visión, como miopía, también puedes ser multado. Por no hablar de las multas que se vienen, como la del nuevo alcoholímetro que tendrás que llevar incorporado. 

Antes de sacarse el carnet de conducir o renovarlo es obligatorio pasar una revisión médica en un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado por la DGT, y entre las pruebas que se realizan se valora la capacidad visual para comprobar si es necesario o no el uso de gafas durante la conducción, y en caso afirmativo esta información aparece reflejada en el carnet

Por lo tanto, si te paran los agentes de tráfico, y en tu permiso de conducir se indica que debes utilizar gafas o lentes de contacto y no las llevas puestas, estás cometiendo una infracción, y te costará 200 euros, con posible reducción los 15 días posteriores. Sin embargo, desde la DGT señalan que no siempre que nos den el alto comprobaran este dato, a menos que se haya cometido alguna infracción grave o causado un accidente. 

Carnet de conducir

Carnet de conducir Nuria Pérez

Esta información aparece en el punto 12 del permiso de conducir, el código correspondiente a las restricciones de visión es el 1, y existen subcódigos dependiendo de si son gafas (01.01), lentillas (01.02) o ambas (01.06). Esto quedará registrado en el momento en que se realiza el examen de visión, pero si a posteriori te ponen gafas, en ningún caso van a sancionarte, pues no aparece en tu carnet.

Desde Tráfico aconsejan llevar un par de gafas de repuesto en la guantera, y existe la creencia de que esto es obligatorio, pero lo cierto que esa norma dejó de estar vigente hace más de 20 años. Aún así, no está de más tenerlas a mano teniendo en cuenta que llevar las gafas puestas sí es obligatorio. 

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