Reportajes

Cuidado si llevas perro en tu coche: la DGT te puede multar hasta con 80 euros

La normativa que recoge estos elementos lo cataloga como una falta leve. La multa será para el conductor y en ningún caso para el dueño del animal. 

2 abril, 2022 12:00

Noticias relacionadas

Las imágenes de algunos perros asomados por la ventana del coche es tan adorable que, a veces, permitimos a nuestras mascotas emular esas imágenes que parecen sacadas de anuncio. Sin embargo, esto nos puede costar un tremendo disgusto a la larga.

Es importante recordar que llevar a tus animales de forma correcta dentro del vehículo evitará que seas sancionado. Actualmente, aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) no ha endurecido las multas por este hecho en las sanciones que entraron en vigor el 21 de marzo,, es imprescindible conocer qué dice la legislación referente a esto. La sanción te podría costar 80 euros, que se quedarían en la mitad si se realiza un pago temprano.

Son dos las normativas a las que nos ceñimos para explicarte por qué pueden multarte por llevar a tu mascota sin los elementos de seguridad establecidos. El primero de ellos radica en el artículo 18.1 del Reglamento de Tráfico.

Este articulado estipula que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".

Continúa el artículo 18.1 del Reglamento explicando que, "a estos efectos, —el conductor— deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".

Este artículo es el mismo que recoge el artículo 13.2 de la Ley de Tráfico que acaba de entrar en vigor, al igual que lo hacía la anterior. No obstante, este incumplimiento no supone pérdidas de puntos en el carnet de conducir.

La DGT tiene una serie de recomendaciones para viajar con la mascota. La primera de ellas es "llevar siempre su documentación. El animal debe tener la cartilla sanitaria oficial actualizada y sellada por un veterinario colegiado. En caso de viajar por la Unión Europea habrá que llevar también su Pasaporte para Animales Domésticos. Como siempre, el microchip será igual de útil en caso de pérdida del animal".

Asimismo, "se colocará un separador que impida que ocasione molestias o pueda ser causa de distracciones". Es importante destacar que, "en caso de accidente, un perro suelto multiplica los peligros ya que saldría despedido pudiendo dañarse a él o al resto de pasajeros, por lo que además del separador es aconsejable utilizar sistemas de retención para mascotas".

Un perro sobre un sofá.

Un perro sobre un sofá.

Según la Dirección General de Tráfico, "más de la mitad de los conductores vive situaciones de riesgo por culpa de no llevar a los animales bien sujetos en los vehículos".

Por cierto, es importante reseñar en este punto que la multa será para el conductor del vehículo y en ningún caso para el dueño de la mascota que esté suelta.

También te puede interesar...

-Utilizas mal los intermitentes y no lo sabes: la multa de la DGT al 60% de los conductores

-La DGT obliga a llevar un nuevo sistema que limita la velocidad este año: lo que te costará

-Cómo funcionan los nuevos retrovisores que la DGT quiere que tengas en tu coche