Con el objetivo de paliar el incremento del precio del combustible generado por el conflicto entre Rusia y Ucrania, el Gobierno ha aprobado una serie de ayudas directas al sector del transporte, y ha determinado qué conductores pueden beneficiarse de ellas, las cuales ya se pueden solicitar tras su publicación en el BOE. Estas ayudas están planteadas para autónomos y sociedades constituidas en España, y el plazo para hacerlo estará abierto hasta el 30 de abril.
Para beneficiarse de estas subvenciones, de hasta 1.250 euros, es necesario estar dado de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, no formar parte del sector público y operar en el ámbito del transporte terrestre, tanto de mercancías como de pasasjeros. En concreto, el Gobierno ha establecido qué trabajadores y qué empresas, en función de la actividad que realicen y de su código en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y el tipo de vehículo.
En base al código CNAE, podrán solicitar estas ayudas los taxis (código 4.932), los transportistas terrestres de pasajeros (código 4.939), el transporte de mercancías por carretera (código 4.941) y el servicio de transporte sanitario de personas (código 8.016).
Las cuantías de las ayudas están establecidas según el tipo de vehículo, quedando de la siguiente manera: vehículos de mercancías pesados y camiones (MDPE), 1.250 euros; de mercancías ligeros y furgonetas (MDLE), 500 euros; autobuses (VDE), 950 euros; taxis, 300 euros; vehículo alquiler con conductor o VTC, otros 300 euros; y ambulancias (VSE), 500 euros.
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