Una de las inspecciones obligatorias que tienen que pasar todos los vehículos para poder circular es la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). En ella, los técnicos revisan a fondo que tu coche cuente con un buen mantenimiento, con buenos sistemas de seguridad a bordo y hasta que lleves encima siempre la documentación necesaria que acredite el estado de tu coche, además de poner el foco en cualquier rincón. Sin embargo, hay un detalle que muchos conductores desconocen y pasa desapercibido y es que los vehículos matriculados desde 2008 que acudan a la inspección con uno de los testigos encendidos fallarán directamente la prueba.
Todos los vehículos están obligados a pasar esta prueba cada año, excepto que el coche tenga menos de 10 años que tendrá que hacerlo entonces cada dos. En este examen se valoran minuciosamente todos los aspectos del vehículo: desde las luces, la carrocería y los frenos hasta los neumáticos, el chasis, la suspensión y el mantenimiento.
La alerta viene tras el aviso de que todos los vehículos matriculados desde 2008 no deben acudir a la prueba con el testigo MIL o fallo de motor, situado en el cuadro de mandos tras el volante, encendido porque se considera un defecto grave que no permitirá pasar la ITV. Desde la Consejería de Hacienda y de la Junta de Andalucía así lo afirman: "El Manual de Procedimientos dice lo siguiente (pág.119): El indicador MIL se apaga tras el chequeo del sistema. Esta comprobación debe efectuarse únicamente a vehículos matriculados a partir del 1/1/2008. Por tanto, no se realiza a vehículos anteriores a esa fecha".
Sanciones
Sin embargo, llevar la ITV caducada o no superada puede acarrear numerosas multas por parte de los sistemas de seguridad. Son las siguientes:
- En caso de circular con la ITV caducada, la multa será de 200 euros que supondrá la mitad a corto pago.
- Si circulas, en cambio, con una ITV desfavorable tras el examen, la sanción económica también será de 200 euros.
- Si esa ITV es directamente negativa y coges el vehículo, la multa asciende a 500 euros.
- Circular sin etiqueta aunque hayas aprobado la ITV, la sanción será de 80 euros.
- Por último, si circulas con una pegatina de la ITV en un coche que no la ha superado será considerado un delito de uso de certificación falsa. Aunque la sanción no está definida puede ascender hasta los 720 euros.
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