Tener un perro como mascota es de lo más habitual en España y es que no solo nos hacen compañía, sino que también nos hacen sentir más queridos. De hecho, la frase de "quien tiene un amigo tiene un tesoro", cobra sentido cuando el amigo en cuestión se trata de un perro. Lo cierto es que son los animales que más se escogen como mascota y es que nos aportan más de lo que podíamos llegar a imaginar. Sin embargo, tener un perro en casa implica unos requisitos y unos deberes que debemos tener en cuenta, como por ejemplo la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil.
El pasado 29 de marzo se publicó el texto definitivo de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales en la que se incluyen numerosas novedades. Un ejemplo es el artículo 30.3, que establece por primera vez la obligación de contar con seguros de responsabilidad civil para perros a nivel estatal.
Esta ley, que entra en vigor el próximo 29 de septiembre, afecta no solo a los perros, sino a todos los animales de compañía y silvestres en cautividad, excepto los perros de caza, guarda y de trabajo. Hasta este momento, era voluntario disponer de este, a excepción de algunas comunidades autónomas donde era obligatorio, como en Madrid.
En cuanto al precio del seguro de responsabilidad civil variará en función de la compañía con la que se realice el contrato, las coberturas asociadas y también de la edad del animal, su tamaño o, incluso, raza. De todos modos, el precio más básico podrá ir desde los 25 a los 40 euros anuales, con cobertura de hasta 200.000 euros y una franquicia de 200 euros. También hay seguros más completos disponibles por 50 euros al año, con coberturas de hasta 150.000 euros y sin franquicia. E incluso por alrededor de 90 euros al año, que incluyen estancia gratuita en residencias caninas en caso de hospitalización del propietario y asistencia veterinaria por accidente de hasta 1.000 euros.
En caso de no contar con este seguro a partir de septiembre, el dueño del perro deberá hacer frente a una sanción. En casos graves, las multas pueden oscilar entre los 500 y los 10.000 euros.
Además de la cobertura de responsabilidad civil, la nueva ley también recoge "la obligación de comunicar a la administración competente la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado. Además, la baja del animal por muerte deberá ir acompañada del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente para la realización de dichas actividades".