La Universidad Rey Juan Carlos.

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La Universidad Rey Juan Carlos, condenada a pagar 123.000 € a una docente por no evitar su acoso laboral

La catedrática Clara Muela ha sido objeto de continuos insultos reflejados en la sentencia. La URJC, pese a ser conocedora del caso, miró hacia otro lado.

2 abril, 2024 02:45

Todo comenzó el 29 de agosto de 2021. Con un primer correo. Con una primera vejación. “Tu relevancia institucional es cero”, le escribió vía e-mail Salvador Perelló, el catedrático de Sociología de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) que saltó al foco mediático en 2018 por ser el filtrador del caso Cifuentes, a Clara Muela, compañera y catedrática de Comunicación Audiovisual y Publicidad de la misma universidad. El motivo: una discrepancia sobre cómo debía gestionarse el departamento de Ciencias de la Comunicación y Sociología del que ella había sido nombrada directora en funciones.

A partir de ahí, la cascada de correos y mensajes vejatorios empezó a empantanar la bandeja de entrada del e-mail corporativo de Clara Muela, la catedrática y profesora que ahora tiene que ser indemnizada con 122.963 euros por su empleador, la Universidad Rey Juan Carlos. Las razones: no proteger a la docente del acoso laboral de su compañero, no realizar una evaluación de riesgos psicosociales y no adoptar medidas de prevención, provocándole perjuicios no sólo en su ámbito profesional, sino también en su salud.

“Por la ingente cantidad de correos existentes entre todos los implicados no hay duda de que la universidad era conocedora de la situación”, ha escrito una magistrada juez del Juzgado de Móstoles en una sentencia condenatoria a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. En el fallo, la jueza condena a la universidad a indemnizar a la víctima.

Una imagen de los juzgados de Móstoles.

Una imagen de los juzgados de Móstoles.

A sus ojos, la Universidad Rey Juan Carlos no hizo nada –sabiéndolo todo– ante una situación que se perpetuó durante más de dos años en la que la catedrática pidió auxilio de muchas formas sin recibir la menor protección. La universidad conocía los correos “inapropiados, ofensivos e insultantes”, explica la magistrada, pero no aplicó ninguna medida cautelar antiacoso, como, por ejemplo, alejar al profesor Perelló de Clara Muela pese a que incluso varias instituciones universitarias llegaron a reconocer los claros “indicios de acoso”.

Estos “indicios de acoso” se traducen en palabras hirientes, que han quedado reflejadas y probadas negro sobre blanco: “Me importa una mierda si dimites”; “Estás mal de la cabeza”; “Vete a tomar por culo”; “Hay que ser torpe”; “Nadie ha demostrado ser tan torpe en tan poco tiempo”; “Eres un fraude”; “Acomplejada”; “Descerebrada de tomo y lomo”; “Loca”... Son algunas de las descalificaciones que le profirió el catedrático Salvador Perelló a Clara Muela. Todas vía digital –WhatsApp y correos electrónicos– y “en muchos casos en copia a todos los profesores del departamento y autoridades de la universidad”, explica a este diario una fuente conocedora del caso. Clara Muela se derrumbó y tuvo que solicitar la baja laboral que mantiene a la fecha.

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El auxilio de la catedrática

En la sentencia, la magistrada no sólo muestra el acoso y derribo hacia Clara Muela, sino cómo la Universidad Rey Juan Carlos “incurrió en incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos psicosociales” por no tener una evaluación de riesgos psicosociales y no adoptar ni siquiera “medidas cautelares” para proteger la integridad salud mental y la dignidad de la catedrática frente a las vejaciones, los insultos y el acoso laboral. Ella, de hecho, lo había denunciado y había pedido auxilio reiteradamente sin obtener respuesta.

Ya en octubre de 2021, la catedrática Muela compareció y denunció la situación ante la Inspección de Servicios, una entidad que tiene como finalidad –entre otras– informar al rector de posibles conductas sancionables en las que pudiera haber incurrido algún miembro de la comunidad universitaria, colaborando en la instrucción de los expedientes disciplinarios que sean incoados.

La fachada del rectorado de la Universidad Rey Juan Carlos.

La fachada del rectorado de la Universidad Rey Juan Carlos. EP

Al día siguiente, dice la magistrada, la jefa del citado organismo informó al defensor universitario diciéndole que “los hechos alegados (...) muestran claramente indicios de acoso”, pero que correspondía a la oficina del defensor universitario “la gestión preventiva”. Ya en noviembre, unas semanas después, también el defensor universitario reconocía “los indicios de acoso debido a las descalificaciones y menosprecios”.

A partir de ese momento, quedaría comprobado que esas dos instituciones sabían lo que pasaba, además de que durante esas semanas este caso de acoso laboral sería conocido por las altas esferas universitarias: rector, vicerrectores… Pero nadie hacía nada. Los unos se iban pasando la pelota a los otros, aduciendo diversas justificaciones. Lo que no ocurrió es el establecimiento de algún mecanismo de protección a la acosada.

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Batalla en los tribunales

“Recapitulando, pues, resulta que la demandada (la Universidad Rey Juan Carlos) no sólo no efectuó actividad preventiva alguna, sino que ante los indicios de riesgo psicosocial no adoptó medida alguna más allá de una mera activación formal del Protocolo. Desde octubre hasta abril lo único que se hizo fue trasladar el problema de un órgano a otro e intercambiar correos para finalmente no hacer nada porque el asunto estaba judicializado y recordemos que el primer auto es del 4 de mayo 2022 y la Sra. Muela llevaba instando medidas al menos desde octubre de 2021. La conclusión no puede ser otra que la de que se produjo el incumplimiento denunciado”, asevera la sentencia.

Y es que como consecuencia de la desprotección, desde mayo de 2022 hasta enero de 2024 la batalla también se ha librado en el ámbito judicial, produciéndose varios autos. Esto, a ojos de la jueza, ha sido utilizado por la Universidad Rey Juan Carlos para negar la activación de ningún tipo de medida cautelar ni de plan de prevención de riesgos psicosociales y acoso hasta que el asunto quedara esclarecido en los tribunales.

Este abandono institucional de la víctima ha provocado que Clara Muela no haya podido acudir a su lugar de trabajo, además de desarrollar problemas de salud acreditados. Por ello, la magistrada también considera que por ello “procede una indemnización”.  Los problemas de salud han sido graves, con un proceso de incapacidad temporal de más de 21 meses que aún mantiene y con un diagnóstico que lo vincula a lo vivido en su puesto de trabajo.

Varios estudiantes caminan por la Universidad Rey Juan Carlos.

Varios estudiantes caminan por la Universidad Rey Juan Carlos. EP

“Esto es algo muy común en la Universidad Rey Juan Carlos. Se dilatan los procedimientos para que las autoridades no tengan que decidir nada. Así piensan que no se pisan los dedos. Te obligan a irte a los juzgados porque saben que no todo el personal tiene los recursos suficientes para pagar abogados o para soportar tantos años de acoso mientras los procedimientos judiciales se resuelven, por lo que termina el personal de baja laboral o renunciando, como ha pasado en este caso”, confirma a este diario un profesor cercano al caso.

Clara Muela, no obstante, no abandonó su batalla en los tribunales. Y, ahora, la sentencia firmada por una magistrada del Juzgado de lo Social de Móstoles le ha dado la razón. La Universidad Rey Juan Carlos, conociendo el acoso laboral y el grave riesgo psicosocial, con descalificaciones constantes hacia la catedrática, no sólo miró para otro lado, sino que no la protegió. Ahora, la institución universitaria deberá indemnizar a la víctima con casi 123.000 euros. Ante esta sentencia, no obstante, cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Según Jesús Tierno, el abogado de la catedrática, “la sentencia adquiere gran relevancia en varios aspectos. Las empresas públicas y privadas deben tomar conciencia de la importancia de la salud psicológica en los centros de trabajo, no sólo ante posibles supuestos de acoso laboral, sino burn out, estrés laboral, sobrecarga… Para ello es imprescindible realizar evaluaciones de riesgos psicosociales para poder detectar este tipo de situaciones, y desde luego ante la solicitud de la persona trabajadora de medidas de prevención, se debe investigar y en su caso adoptar medidas para evitar un daño psicológico que en ocasiones es irreparable”.