Escañuela, con chaqueta, entrando en los Juzgados de Sevilla

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Sevilla

Condenan a seis meses de cárcel al expresidente de la Federación Española de Tenis por apropiación indebida

La sentencia, contra la que cabe recurso, señala que José Luis Escañuela recibió unos pagos irregulares entre 2012 y 2013.

4 julio, 2024 13:33

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel por un delito de apropiación indebida al expresidente de la Real Federación Española de Tenis (RFET) y de la Fundación del Tenis Español, José Luis E.R.

Se trata de la misma pena de cárcel que ha impuesto a una patrona de dicha Fundación por el cobro indebido por parte de ésta de distintas cantidades mensuales de dinero entre los años 2012 y 2013.

En la sentencia, fechada el día 2 de julio y notificada hoy jueves a las partes personas en este procedimiento, el tribunal condena a ambos por un delito de apropiación indebida con la atenuante de dilaciones indebidas y les impone una pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de patrono en fundaciones durante el tiempo de la condena.


Asimismo, la patrona de la Fundación condenada tendrá que indemnizar a la Fundación del Tenis Español en la cantidad de 14.300 euros. De otro lado, la Audiencia Provincial absuelve a ambos del delito de administración desleal por el que fueron enjuiciados y absuelve de todos los delitos a un segundo patrono de la Fundación que fue igualmente juzgado.

En el juicio, la Fiscalía reclamó para el expresidente de la Federación Española de Tenis, por delitos de apropiación indebida y administración desleal en su modalidad de administración desleal de gestión fraudulenta de patrimonio social, cinco años de cárcel, ocho años de inhabilitación especial.

Multa de 3.000 euros

También le pedía el pago de una multa de 3.000 euros, mientras que para los dos patronos de la Fundación reclamó cuatro años de prisión, 2.700 euros de multa y siete años de inhabilitación especial.

El tribunal considera probado que la Fundación del Tenis Español fue constituida el día 4 de diciembre de 2009 por parte de la Real Federación Española de Tenis con una dotación inicial de 60.000 euros.

Conforme al artículo 8 de sus Estatutos, el órgano de Gobierno y representación de la Fundación lo constituye el Patronato, que estaba constituido por diez patronos y debería elegir dos vicepresidentes y un secretario, siendo el presidente del Patronato quien ocupara la presidencia de la Federación Española de Tenis, según el artículo 11 de los Estatutos Fundacionales, posteriormente modificado.

Secretaria general

De este modo, el acusado José Luis E., como presidente de la RFET, era presidente de la Fundación, puesto que ocupó hasta el día 16 de febrero de 2015, mientras que la mujer condenada fue nombrada secretaria general adjunta desde su constitución y el varón absuelto fue nombrado vicepresidente primero desde el día 7 de octubre de 2010 hasta el día 16 de febrero de 2015 en que fue nombrado presidente, puesto que ocupó hasta el 30 de julio de 2015, cuando presentó su dimisión.

Por acuerdo del Patronato de 20 de enero de 2012, se acordó contratar y fijar una remuneración al acusado que ha sido absuelto por los servicios prestados a la Fundación distintos de los que implicaban sus funciones como miembro del patronato, realizando este investigado los servicios para los que fue contratado, según considera la Sección Cuarta de la Audiencia.