Veladores en la Puerta Jerez de Sevilla.

Veladores en la Puerta Jerez de Sevilla. EP Sevilla

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¿Qué cambia en los bares de Sevilla con la nueva ordenanza de veladores? Se busca más limpieza y menos ruido

La norma prohibe "el arrastre de mesas, sillas, sombrillas, parasoles y mobiliario similar" para favorecer el descanso de los vecinos.

Más información: Sanz zanja el debate de un año para aprobar la norma que ordenará los 30.000 veladores de Sevilla

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La nueva ordenanza de veladores de Sevilla, aprobada en el Pleno de este jueves, obligará a los bares de Sevilla a modificar varios aspectos de su funcionamiento cotidiano. Varios de ellos afectarán a la limpieza y la necesidad de que se genere menos ruido en las tareas de montaje y desmontaje.

La normativa incorpora muchos aspectos que la anterior, sin modificaciones desde 2013, dejaba en el aire. Se han añadido nuevos artículos para adaptarse a la nueva realidad de una ciudad que ha ganado muchos veladores en la última década. Son 30.000, según los cálculos de la Asociación de Hosteleros de Sevilla.

El cambio más protestado por los bares es la obligación de mantener una senda peatonal de 1,80 metros. Los hosteleros tendrán un margen de maniobra, ya que se ha eliminado la expresión "en todo caso" de la redacción. Esto permite que se acepten algunas excepciones en una norma que, según ellos, podría suponer el cierre de 12.000 veladores.

Más allá de eso, los establecimientos adquieren con dicha ordenanza más obligaciones en cuanto a limpieza. Se incluye que no se podrán apilar ni almacenar productos, materiales o residuos propios de la actividad junto a las terrazas.

Asimismo, se recoge la prohibición de la limpieza de veladores arrojando servilletas, envoltorios y otros residuos al suelo.

Tendrán que pagar los desperfectos

La norma, en su artículo 5, sitúa a los titulares como responsables de los desperfectos que sus veladores puedan ocasionar en la vía o el mobiliario urbano "con motivo del montaje, desmontaje como en el uso de las instalaciones". De hecho, en caso de generarlos, "su reparación se realizará a su costa".

La ordenanza convierte en ley algunos comportamientos que ya aplicaban la mayoría de bares, pero no que no recogía la anterior normativa.

Una de ellas, es la obligación de retirar el mobiliario una vez finalizado el horario y recogerlos en el interior del local o en otro espacio habilitado para ello. Así se garantiza el espacio para el peatón, otro de los objetivos de la norma.

Montaje y desmontaje

La ordenanza también indica la forma de montarlos y desmontarlos. Con ello se pretende favorecer el descanso de los vecinos. Prohibe en estas tareas "el arrastre de mesas, sillas, sombrillas, parasoles y mobiliario similar".

Asimismo, añade como obligación de las titulares que "tendrán que contar con "protecciones de goma para evitar el contacto directo entre sí cuando se tengan que apilar, así como tacos de goma para evitar el contacto directo de las partes metálicas con el suelo". Esto ya aparecía en la norma anterior, pero en el apartado dedicado a sillas y mesas.

Estética única

Por otro lado, otro de los objetivos de la ordenanza es el de unificar la estética en el Conjunto Histórico Artístico. Por ello, se establece que los diseños deben ser de "especial calidad y adecuados al entorno".

Así, se prohiben las sillas moldeadas de una pieza en plástico y de resina de bajo gramaje. No podrán ser plegables, salvo que sean de madera.

En cuanto a las sombrillas, "serán de material textil, lisas y de un solo color claro. El soporte será ligero y desmontable". En ningún caso, pueden sobrepasar los límites de la terraza de veladores y dejarán una altura libre de 2,20 metros. Tampoco podrán tener cortinajes verticales en sus lados. No podrán tener publicidad de marcas comerciales.

Otra de las novedades es que no podrán instalarse veladores adosadas a fachadas de edificios BIC o aquellas que tengan un nivel A o B de protección.

Con ello se persigue una estética unitaria en todo el Conjunto Histórico Artístico, la zona de la ciudad donde se acumulan más veladores.

No se podrá servir desde ventanas

Igualmente, los bares tendrán que adaptarse durante los próximos 3 años a un apartado específico de prohibiciones. Entre ellos se incluye la de colocar maquinaria, frigoríficos o vitrinas para la venta de helados, maquinas expendedoras, máquinas de juegos y similares en el espacio destinado a veladores.

Tampoco se permitirán mostradores, barbacoas, cubos de basura, cartelería, atriles u otros no autorizados expresamente.

Del mismo modo, no se podrá servir a la terraza de veladores desde ventanas abiertas en fachada, que solo podrán usar camareros. No podrán tener repisas u otros elementos que puedan servir de apoyo a que los clientes estén de pie.

La excepción serán los establecimientos emblemáticos. En ellos sí se permitirá de 13:00 a 15:00 y de 20:00 a 23:00 con una serie de condiciones.

Protección de la vegetación

También queda prohibida la utilización de equipos de música y las actuaciones en directo, así como deteriorar el uso y disfrute público de zonas arboladas, vegetación, praderas y elementos de mobiliario urbano.

Por su parte, los bares podrán seguir utilizando las plataformas para instalar veladores en plazas de aparcamiento. Hay 55 en Sevilla. También se les permite colocar mesas en la acera de enfrente siempre que haya un paso de peatones.

La modificación de la norma viene acompañada de una ampliación de las multas, que pueden oscilar entre los 3.000 y los 120.000 euros.

Desde el Ayuntamiento consideran que se ha encontrado el equilibrio con esta ordenanza. No obstante, no se ha logrado la plena satisfacción ni de los hosteleros ni de los colectivos vecinales. Algunos de estos últimos mostraron su rechazo este jueves en el Pleno.

En cualquier caso, los bares tendrán tres años, hasta 2028, para adaptarse al nuevo espacio de convivencia que marca la norma.