Educación niega una beca a una joven porque su madre recibió una ayuda por maternidad
El Consejo de Estado afeó a Méndez de Vigo incluir estas subvenciones como ingresos, pero el Ministerio hace caso omiso. Sí contempla excluir del cómputo el dinero fruto de los juegos de azar.
3 agosto, 2016 02:58Noticias relacionadas
El Ministerio de Educación denegó a un joven una beca universitaria porque su madre recibió una ayuda por parte de la Junta de Castilla-La Mancha tras dar a luz. La estudiante ha acudido a todas las instancias para intentar conseguir su ayuda y poder cursar el Grado de Economía. Ha llegado hasta el Consejo de Estado para que se revocara la decisión de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y éste, a su pesar, ha tenido que dar la razón al Gobierno. Y es a su pesar porque hace una advertencia al legislador de la injusticia que se puede estar cometiendo.
La joven solicitó una beca para el curso académico 2013/2014 pero se la rechazaron porque su madre, el año anterior, había recibido una ayuda de 3.600 euros por parte de la Consejería de Empleo de la Junta para la conciliación de la vida laboral y familiar de las trabajadoras autónomas. Se le concedió para que pudiese contratar a una trabajadora que la sustituyese durante el período de baja por maternidad.
Sin embargo, la Agencia Tributaria computó como ganancia patrimonial esa ayuda y, por tanto, superó los 1.700 euros establecidos por ley como umbral máximo para percibir una beca universitaria. Esto ocurrió porque la legislación tributaria contempla la ayuda a la madre trabajadora por maternidad como incremento de patrimonio.
Ayuda tras el parto
La madre de la chica había pedido esa subvención para poder contratar a una persona que se hiciera cargo de su negocio durante su periodo de baja de maternidad, pero no se ha podido hacer nada porque la ley no excluye las ayudas a la mujeres tras el parto en el cómputo de ganancia patrimonial.
Este caso, que llegó al Consejo de Estado, no pasó desapercibido al órgano consultor dado que las ayudas a la maternidad son utilizadas como cortapisas para acceder a las becas universitarias pero, sin embargo, no ocurre los mismo con otras ayudas como las de la rehabilitación de una vivienda o las ganancias por premios.
En un dictamen, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el Consejo de Estado tuvo que dar la razón al Ministerio de Educación porque está así establecido por ley y el órgano sólo podía interceder si hubiese habido un error por parte de la Agencia Tributaria en el cómputo del incremento patrimonial.
El Consejo pide un cambio
Sin embargo, en su resolución, llama la atención al Departamento que dirige Iñigo Méndez de Vigo por el hecho de que la convocatoria de una beca no contemple situaciones como la denunciada “pues se trata de partidas económicas percibidas con una finalidad que no es propiamente la de un incremento patrimonial”. “Dicha ayuda tiene por objeto mantener la actividad empresarial y la consecuente sustitución de una trabajadora durante el periodo de baja por maternidad”, advierte.
Así, el órgano consultivo presidido por José Manuel Romay pide que “deberían” arbitrarse las medidas necesarias para que este tipo de situaciones “y otras muchas similares” no excluyan la percepción de las becas. “De no tomarse dichas medidas, el efecto último es el contrario al que pretende la norma, pues se termina produciendo un detrimento patrimonial por no percibir la beca por el hecho de haber obtenido ayudas previas”, sentencia el escrito.
A pesar de este toque de atención, el Ministerio de Educación ha hecho caso omiso a estas advertencias. El Consejo de Ministros en funciones dio luz verde el pasado 15 de julio al Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2016-2017. El ministro anunció que el texto incluía novedades, pese a que mantenía las líneas generales del anterior.
Maternidad no; el juego sí
Ninguna referencia a lo dictado por el Consejo de Estado aparece en las 14 páginas del decreto. En el artículo 11 -“otros umbrales indicativos”-, se informa de que la suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia no podrá superar 1.700 euros.
Sí hay excepciones en esta suma. El Gobierno de Mariano Rajoy contempla que “no se incluirán” en el cómputo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, la renta básica de emancipación ni el importe de los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias inferiores a 1.500 euros. Ni rastro de las ayudas a la maternidad como excepción.
Educación sí atendió al medio rural
En el decreto sí se introduce un cambio en el modo de calcular el patrimonio familiar de aquellos alumnos que residen en entornos rurales. A estos, se les rechazaba la beca porque el nuevo cálculo del valor catastral de las fincas rústicas incluye las instalaciones esenciales construidas en ellas -como un granero o un almacén- elevando su patrimonio sobre papel por encima de los umbrales máximos permitidos.
Según el ministro en funciones, estas construcciones "en realidad no aumentaban el patrimonio de una persona pero sí contaban a efectos de umbral para la obtención de una beca", por lo que se daba la circunstancia de que teniendo las mismas posesiones que el año anterior, los estudiantes podían de pronto quedarse fuera de las becas.