Las últimas agresiones a profesores por parte de padres de alumnos y la cada vez más perceptible pérdida de autoridad ante los estudiantes ha propiciado que Andalucía vaya a adoptar una serie de medidas encaminadas a redirigir esta tendencia.
La Junta de Andalucía ha redactado un anteproyecto de ley para reconocer la autoridad del profesorado, la cual consideran que es "inherente al ejercicio de la función docente". El texto recoge una serie de medidas entre las que principalmente destaca la pena de prisión entre 2 y 4 años para los casos en los que un docente sea agredido por un padre o tutor, considerándolo como un atentado a la autoridad. Además, también conllevará una multa económica.
Este anteproyecto considera necesario dotar de garantías al profesorado, más expuesto en los últimos años, y cuya labor pública debe gozar de la autoridad "inherente al ejercicio de su función docente y a su responsabilidad a la hora de desempeñar dicha función".
Por ello, les va a dotar del derecho a recibir el trato, la consideración y el respeto que les corresponde "conforme a la importancia social de la tarea que desempeñan".
Los alumnos, por su parte, estarán obligados a reparar los daños materiales que provoquen de forma intencionada o por negligencia, haciéndose cargo del coste económico de la reparación. También estarán obligados a devolver los bienes sustraídos lo antes posibles. Las agresiones físicas o verbales que cometan sobre sus profesores también han sido reguladas por ley; deberán pedir excusas y reconocer su responsabilidad, bien sea de forma pública o privada. El centro podrá tomar las medidas correctoras o disciplinarias que estimen oportunas.
En cualquier procedimiento corrector, el maestro contará con una presunción de veracidad a menos que los alumnos y alumnas prueben lo contrario. "En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por el profesorado que presta servicios en los centros docentes del Sistema Educativo Público de Andalucía tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad 'iuris tantum' o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas".
El anteproyecto también ha tenido en cuenta las posibles necesidades jurídicas y psicológicas que puedan tener y les a dotado de la consideración de autoridad pública, gozando de la protección correspondiente. Hasta ahora, la única figura del ámbito de la educación que estaba reconocida de esta manera era la del inspector.
Todas estas normas serán de obligado cumplimiento para los colegios públicos, quedando exentos los centros privados, quienes podrán establecer sus normas de organización, funcionamiento, convivencia y disciplina en el marco de la normativa vigente.