Ya se pueden solicitar las becas generales para el curso 2019-2020: estos son los requisitos
Para la mayoría de casos, se exige estar matriculado de la totalidad de los créditos por curso y no superar determinadas rentas.
5 agosto, 2019 18:25Noticias relacionadas
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado la convocatoria de becas de carácter general para el curso 2019-2020 dirigida a alumnos que cursen estudios postobligatorios. Los plazos para presentar la solicitud se prolongarán hasta el 15 de octubre de 2019, en el caso de estudiantes universitarios, y hasta el 1 de octubre de 2019, para los no universitarios.
Su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) llega después de que, el pasado 12 de julio, el Consejo de Ministros en funciones diera luz verde al Real Decreto de Umbrales, que regula el régimen de las becas y ayudas al estudio.
Esta norma, que establece los requisitos para obtener una de estas ayudas, facilitará el aumento del número de solicitantes con derecho a beca y de becarios que resulten perceptores de cuantías superiores, según el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En concreto, el Ministerio detalla que para esta convocatoria se ha ampliado el presupuesto inicial de 1.470 millones de euros en aproximadamente 40 millones, lo que permitirá atender a 17.000 becarios que pasarán a percibir bien una beca por primera vez o bien una de mayor cuantía, en virtud de las reformas introducidas en el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
Además, por segundo año, a los estudiantes víctimas de violencia de género no se les aplicarán determinados requisitos académicos para acceder a las becas, como la carga lectiva superada en el curso anterior, el límite del número de años como becario o la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos u horas.
¿Quién puede solicitarlas?
Pueden solicitar las becas los estudiantes que no superen una determinada renta y patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas, estudios religiosos superiores, idiomas en escuelas oficiales y enseñanzas universitarias.
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es
Las cuantías fijas de las becas para estudiantes universitarios cubrirán el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2019-2020. Además, la cuantía fija ligada a la renta del estudiante es de 1.600 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
La cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar es de 1.500 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios, y la cuantía fija ligada a la excelencia académica es de entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
Además, existe una beca básica para estudiantes no universitarios de 200 euros. Por último, la cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros.
Requisitos para universitarios
En cuanto a los requisitos académicos para el primer curso, el Ministerio de Educación exige estar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria, además de haber obtenido una nota de acceso de al menos 5 puntos en el caso de que se pretenda obtener la cuantía de la matrícula y de 6,5 puntos para el resto de cuantías.
En el caso de que se pretenda obtener para el resto de cursos, se exige matricularse de todas las asignaturas y haber superado el 85 % de créditos cursados en el primer curso (si se va a cursar el segundo) o el 100 % en los cursos sucesivos.
También se establecen cinco criterios económicos, ligados a los distintos umbrales de renta a los que se acoja el alumno:
- Cuantía fija ligada a la renta (1.600 euros).
- Cuantía fija ligada a la residencia, a percibir únicamente si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso (1.500 euros).
- Beca de matrícula.
- Cuantía variable, que depende de la renta per cápita de la unidad familiar del alumno y de su nota media.
- Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico (entre 50 y 125 euros).
Por otra parte, existen otros límites que no pueden ser rebasados para ser beneficiario de una beca, como que los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar no pueden superar los 1.700 euros durante el año 2018 o que los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades no superen los 155.500 euros.
Requisitos para otros estudios
Para el resto de formaciones, como Bachillerato o Formación Profesional, se exige quedar matriculado en el curso completo y no estar repitiendo el curso actual en el caso de que se soliciten ayudas para el primer curso. Para cursos de Formación Profesional de grado superior o bachillerato, también se pide que la nota media al finalizar 4º de la ESO sea superior a 5,5 puntos.
Si se quieren pedir ayudas para el resto de cursos, también se exige no repetir el curso actual y quedar matriculado del curso completo. En cuanto a los requisitos económicos, se requieren las mismas condiciones que para obtener becas universitarias.