La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 24 años de cárcel a un hombre por violar de forma continuada a su hija desde que tenía 5 años hasta que lo denunció, con casi 17 años, y por agredir sexualmente a su mujer y ejercer violencia psíquica habitual sobre ella desde que se casaron, en 1990, hasta 2019.
El tribunal también le ha impuesto la prohibición de comunicarse y aproximarse a su hija por un tiempo de 10 años superior a la duración de la pena de prisión impuesta, así como el abono de una indemnización de 50.000 euros.
Por los delitos de violencia psíquica habitual y agresión sexual sobre su mujer lo ha condenado a nueve años de cárcel y a la prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante un tiempo de 13 años superior a la duración de la pena de prisión impuesta, además de al abono de una indemnización de 15.000 euros.
En la sentencia, los magistrados subrayan que la declaración de la joven ha sido "seria, clara y creíble". A esa credibilidad, según indican, se unen "los datos corroboradores expuestos tanto por su madre como por sus hermanos, con una consecuencia de carácter físico, no solo el sangrado en dos ocasiones, como es arrancarse el pelo, motivada por estrés o ansiedad". La Sala también hace referencia a los "los morados que tenía" en su cuerpo y al cambio de su carácter una vez interpuesta la denuncia, así como "los comentarios hechos a sus amigas sin ni siquiera entrar en detalles respecto de lo ocurrido".
Maltrato psicológico a su esposa
En cuanto a los hechos relativos a su esposa, la Audiencia recalca que las pruebas practicadas llevan a considerar que el maltrato psicológico "se ha producido y que ha sido de forma habitual". Los magistrados explican que se trata "de una forma continua y normalizada de trato a su mujer, que mantenida en el tiempo llega a anularla como persona". Además, indican que las acciones del acusado "abarcan todos los aspectos de la vida de la perjudicada, hasta convertirla, como ella misma señala, en una dictadura".
El tribunal relata que el condenado ostentaba "el control del dinero", que le restringía "hasta llegar a impedir cualquier tipo de vida social, amenazándola con quitarle a sus hijos" si cuando él no estuviese fuesen hombres a la casa, "sin permitirle relacionarse con los vecinos o con su familia, salvo con los padres y solo hasta que fallece el padre de ella, limitando su libertad en cuestiones sin aparente trascendencia como el hecho de que no la permitiera ir a ver jugar al fútbol a sus hijos".
"La situación de control, de dominación, se ha extendido a las relaciones íntimas del matrimonio, siendo el acusado quien determinaba y decidía cuándo y cómo se mantenían, llegando a imponer su voluntad a su mujer", afirman los magistrados en la resolución, en la que inciden en que esa situación de dominio se daba "en todos los ámbitos de la vida, con el consiguiente menoscabo de la dignidad de la perjudicada".