La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a cinco años de cárcel a un hombre por abusar de forma continuada de la hija menor de edad de su pareja. Además, le ha impuesto cinco años de libertad vigilada y la prohibición, durante cinco años superiores a la pena de prisión impuesta, de comunicarse y aproximarse a la víctima. El tribunal, que ha tenido en cuenta la agravante de prevalimiento, también lo ha condenado al pago de 2.902 euros a la víctima por las secuelas y de 3.000 euros por los daños morales que le causó.
Los magistrados consideran probado que el acusado cometió los abusos en el domicilio familiar entre los años 2014 y 2018, "una vez que la menor cumplió los 13 años y hasta que cesó la convivencia con su madre, en septiembre de 2018″. Los hechos sucedieron, según la sentencia, "en varias ocasiones y en fechas no concretadas, pero de manera frecuente y reiterada". El tribunal asegura que el condenado se aprovechó "de la relación de confianza que generaba la convivencia con la menor" para efectuarle los tocamientos e, incluso, llegó a entrar en el baño cuando la menor se duchaba.
La Sala subraya que ha contado "con una prueba esencial", la declaración de la perjudicada en el juicio, quien "de forma inequívoca, clara, contundente y sin exageraciones, relató lo vivido". Además, los jueces destacan que su testimonio está "rodeado de corroboraciones periféricas", entre ellas las declaraciones de una amiga y familiares de la víctima. Además, el tribunal indica que existen corroboraciones objetivas como el informe pericial de credibilidad del testimonio elaborado por una psicóloga.