Fachada del TSXG en A Coruña.

Fachada del TSXG en A Coruña.

Ofrecido por:

Galicia

La ley del ‘solo sí es sí’ rebaja 22 penas en Galicia: "Deberían revisarse todas de oficio"

La entrada en vigor de la L.O. 10/2022 del 6 de septiembre ha dejado un reguero de revisiones de condenas favorables al reo, tras lo que abogados y juristas consideran una "incompetencia legal"

24 enero, 2023 06:00

Desde la aprobación de la nueva Ley Orgánica 10/2022 del 6 de septiembre, conocida popularmente como la ley del ‘solo sí es sí’, aproximadamente 244 condenados se han beneficiado de las nuevas penas recogidas en el texto legal, 22 de ellos en Galicia, según datos actualizados a 23 de enero. Tras su entrada en vigor, el 7 de octubre del pasado año, se ha excarcelado a 19 personas en toda España y se han rechazado también decenas de revisiones.

Para comprender esta situación hay que tener en cuenta que el Código Penal indica en el apartado 2 de su artículo 2 que " tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". Este es el argumento que están utilizando los jueces y juezas para rebajar las condenas, entendiendo que si la nueva ley establece una pena menor para el mismo delito debe aplicarse la nueva norma.

La polémica llega porque la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual ha "eliminado la distinción entre agresión y abuso sexual, considerándose agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona". Según explica el texto legal, el cambio de perspectiva "contribuye a evitar los riesgos de revictimización o victimización secundaria", pero justamente la eliminación de este delito ha sido lo que ha suscitado mayor polémica.

Las críticas se centran, principalmente, en que la ley ha sido redactada por personas sin los conocimientos necesarios para hacerlo: "Es preciso rectificarla inmediatamente", aseguraba el exvicepresidente Alfonso Guerra hace unos días. En sus polémicas declaraciones afirmaba que la Ley 10/2022 denotaba "incompetencia legislativa" y que "alguien tendrá que pagar por esta muestra de incompetencia legal, que puede acarrear muchos males". A efectos prácticos, este nuevo texto ha refundido estos dos delitos y reorganizado las penas de prisión, estableciendo nuevas horquillas: "esto va a suponer una avalancha de revisiones porque, en mi opinión, han eliminado de forma desacertada la diferencia entre abuso y agresión".

Ramón Amoedo, abogado penalista en Vigo, se muestra categórico a la hora de hablar de este nuevo texto que, desde su punto de vista, "es una chapuza". "El Código Penal va alterándose y sufriendo modificaciones, es algo habitual", explica: "antes se diferenciaba entre violencia e intimidación y ahora todo acto contrario a la libertad sexual es una agresión". Por ello, "salvo que la voluntad del legislador fuera reducir las penas mínimas de agresión", considera que esta ley comete bastantes errores.

"Prevaricaría el juez que no aplicase esta nueva ley porque es su obligación"

Ramón Amoedo, abogado penalista

"Decir que los jueces interpretan las leyes es una barbaridad", asegura en referencia a las declaraciones, entre otras, de la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez Pam. La política, que ha vuelto a protagonizar titulares en las últimas semanas también por unas afirmaciones con respecto a esta ley, acusó a los magistrados de "machistas" tras la aprobación del texto y las primeras rebajas de condenas. "Prevaricaría el juez que no aplicase esta nueva ley porque es su obligación", insiste Amoedo: "Tendrían que hacer revisión de oficio de todas las penas, desde mi punto de vista debería instarlo el Ministerio Fiscal", sentencia.

Con la anterior ley, asegura el abogado, la agresión estaba penada con entre 1 y 5 años de prisión, mientras que la violación se condenaba con penas de 6 a 12 años de cárcel. "Ahora la agresión se condena con entre 1 y 4 años, por lo que ha cambiado el máximo; en cuanto a la violación, lo que cambia es el mínimo, pasando de 6 a 4 años de prisión". Por ello, en sentencias en las que se había establecido la pena máxima por un delito de agresión, cabe reducir la condena impuesta en un año. "Los jueces, si no hay atenuantes ni agravantes, se van a la pena mínima", explica Amoedo, por lo que si la pena mínima se reduce en el texto de la ley, se tendrá que reducir la pena impuesta porque a ello obliga la Constitución.

"Se seguirá dando credibilidad a la víctima siempre y cuando no incurra en contradicciones en sus declaraciones"

Pedro Gamallo, Abogado

El nuevo texto ha hecho que los abogados españoles, en su mayoría, coincidan al afirmar que se trata de una redacción "incompetente" y que "cabía esperar que hubiese críticas". Así lo afirma Pedro Gamallo, abogado de Santiago, que dice que "los pocos juristas que defienden la ley" lo hacen con argumentos políticos y, en muchos casos, erróneos. "Algunos han afirmado que si el juez quisiese aumentar las penas podría añadir agravantes, pero eso es imposible: si en la primera sentencia no se contemplaron agravantes ni atenuantes no se pueden añadir en la revisión, sería una ilegalidad".

Desmiente, no obstante, el argumento de que "se elimina la presunción de inocencia", que también señala como una maniobra ilegal: "esto se conserva del texto anterior, dando credibilidad a la víctima siempre y cuando coincidan sus declaraciones en sede policial y en sede judicial y no incurra en contradicciones o cambie la versión de los hechos". De este modo, tacha de falaces estas afirmaciones, "que son contrarias a la Constitución".

Galicia, la cuarta con más rebajas

A 20 de enero, los Tribunales Superiores de Justicia de España confirmaban las revisiones y rebajas de condenas llevadas a cabo en cada comunidad, situando a Galicia en el cuarto puesto: constan 42 rebajas en Madrid, 35 en País Vasco, 33 en Comunidad Valenciana, 22 en Galicia (datos actualizados a 23 de enero), 20 en Andalucía, 18 en Baleares, 16 en Castilla y León, 13 en Canarias, 12 en Asturias, 8 en Extremadura, 7 en Cantabria, 6 en el Supremo, 5 en Cataluña, 2 en Murcia, 2 en La Rioja, 2 en Aragón, 1 en Castilla-La Mancha y 1 en Navarra. En concreto, además, en Galicia se ha excarcelado a dos personas tras aplicarse la nueva ley.

Desde el TSXG añaden que se han revisado otras 13 condenas y se han mantenido, aunque recuerdan que los datos aportados no son 100% fiables puesto que no todos los órganos han remitido sus resoluciones de forma regular. Asimismo, varios reos están pendientes de la mencionada revisión, por lo que las rebajas seguirán conociéndose a medida que avance el año.

"Se han reducido más de 200 penas en todas España y Galicia es, por desgracia, la segunda comunidad donde más delincuentes han visto rebajada su pena", aseguraba Paula Prado, secretaria general del PP de Galicia, en una manifestación en Ferrol la pasada semana, antes de la última actualización de datos del TSXG. "El Gobierno tiene que rectificar ante esta barbaridad que nos está llevando a ver cada día un goteo constante de condenas rebajadas y de delincuentes sexuales en la calle antes de tiempo", sentenciaba.

En opinión de Amoedo, las penas seguirán revisándose y seguirán llegando comunicaciones de nuevas rebajas, como se advirtió al Ministerio de Igualdad que ocurriría. "Al Gobierno se le advirtió de que iba a producirse este efecto y ellos respondieron que no: si no lo cambiaron es porque quien escribió la ley no sabía hacerlo", insiste el jurista. "La Constitución dice que el juez deberá aplicar la ley más favorable al reo, por lo que entiendo que el legislador ha metido un gazapo y se ha guiado por temas políticos", asegura.