La sede del TSXG en A Coruña.

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El TSXG ratifica la condena al conductor del accidente mortal de Salceda (Pontevedra)

El Alto Tribunal confirma los seis años de condena dictados por de la Audiencia Provincial de Pontevedra por el suceso que acabó con la vida de una madre y sus dos hijos menores en marzo de 2021, conmocionando a la comunidad gallega

13 noviembre, 2023 20:13

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado los seis años de cárcel impuestos al conductor ebrio que provocó el triple accidente mortal de Salceda de Caselas por la Audiencia Provincial de Pontevedra. El suceso tuvo lugar el 19 de marzo de 2021, cuando un conductor ebrio invadió el sentido contrario de circulación y causó un accidente en el que fallecieron una madre y sus dos hijos menores de edad, de 13 y 6 años.

"En pocos supuestos, como el presente, resulta sencilla la conclusión sobre la culpabilidad del recurrente", subrayan los magistrados del alto tribunal en el fallo, en el que destacan que se trata de "un accidente brutal, en el que han perdido la vida tres personas".

De la misma forma, los magistrados inciden en que el acusado decidió "conducir su vehículo perfectamente consciente de la limitación de facultades debido a una altísima ingesta alcohólica (ya que había pedido en varias ocasiones que lo llevaran a su domicilio) y lo hace a 128 km por hora en una vía en la que la velocidad máxima está limitada a 90 y desde su carril derecho sobrepasa también el carril de adelantamiento, invade el de circulación contraria estrellándose contra el vehículo de las víctimas, que circula correctamente, a 61 km por hora, provocando el inmediato fallecimiento de todas ellas".

La Sala de lo Civil y Penal recalca en la sentencia que los hechos relatados con anterioridad "nos parece suficiente para colmar la sentencia condenatoria, incluso sin otras pruebas adicionales". Asimismo, sin cuestionar el derecho de defensa, le parece irrelevante que el accidente carezca de testigos directos. El tribunal destaca que "los hechos son tan claros y lamentables que nada cabe objetar a la conclusión de la sentencia que se recurre".

Cabe destacar que la sentencia del TSXG no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.