La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto del delito continuado de estafa del que estaba acusado un apoderado de una residencia geriátrica por ser designado heredero universal de todos los bienes de un residente del centro, que desheredó para ello a sus dos hijas.

La sala considera que "no ha podido ser acreditado" que el anciano, la presunta víctima, sufriese un profundo deterioro psíquico. De hecho, recalca que lo que hizo con ese gesto fue "expresar los deseos que ya antes había manifestado de cortar toda relación con sus hijas".

Los magistrados inciden en que en el procedimiento "ni se ha constatado una absoluta incapacidad del fallecido ni que el mismo actuara movido por engaño alguno, que no se ha acreditado, no pudiéndose así integrar, desde un punto de vista técnico jurídico, el delito de estafa imputado, por más que moralmente se pueda reprochar el comportamiento enjuiciado".

El fallo no es firme y cabe presentar recurso ante el TSXG.