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Una de las noticias del final de la Navidad será la huelga del servicio de Handling de Iberia, lo que ha hecho que se cancelen 444 vuelos de la aerolínea en los días 5, 6, 7 y 8 de enero. De ellos, 270 son de Iberia, 64 de Iberia Express y 110 de Air Nostrum, y varios de ellos tienen como origen o destino el aeropuerto de Vigo. Concretamente, en esos cuatro días de huelga se cancelarán 14 vuelos desde o hacia el aeropuerto de Peinador.
Los vuelos cancelados con destino u origen Vigo
Todos los vuelos que se cancelan estos cuatro días son del trayecto Vigo-Madrid, siete de ida y siete de vuelta. Estos son los vuelos afectados:
Viernes, 5 de enero
- Madrid-Vigo: IB532 de las 11:40, IB536 de las 22:10
- Vigo-Madrid: IB533 de las 13:30
Sábado, 6 de enero
- Madrid-Vigo: IB532 de las 11:40
- Vigo-Madrid: IB537 de las 6:30, IB533 de las 13:30
Domingo, 7 de enero
- Madrid-Vigo: IB530 de las 7:20, IB536 de las 22:10
- Vigo-Madrid: IB531 de las 9:20
Lunes, 8 de enero
- Madrid-Vigo: IB530 de las 7:20
- Vigo-Madrid: IB537 de las 6:30, IB531 de las 9:20
¿Cómo actuar en caso de que nuestro vuelo esté cancelado?
Agustín Vázquez, director del portal de viajes OlaMundo! nos indica estas recomendaciones.
Lo primero que hay que hacer para no tener que desplazarse al aeropuerto es comprobar la situación del vuelo a través de la agencia de viajes donde se adquirió el billete, en la página web de la compañía o de Aena. No obstante, puede pasar que nuestro vuelo aparezca sin incidencias pero que al llegar al aeropuerto esté igualmente cancelado.
Recuerda que los pasajeros afectados pueden solicitar un cambio de fecha o el reembolso íntegro. Aquellos clientes con vuelos no afectados directamente podrán cambiar la fecha del viaje o solicitar un bono. Esta gestión se puede hacer directamente a través de la web de la aerolínea o solicitar apoyo al asesor de viajes emisor del billete.
Este experto agente de viajes recomienda conservar toda la información relacionada con la cancelación del vuelo, como la tarjeta de embarque, el billete o los posibles gastos originados por la cancelación (comidas, alojamiento…). También es recomendable solicitar un certificado de la cancelación a la aerolínea.
Además, la mayoría de los viajes combinados o paquetes turísticos llevan incluidos un seguro de viajes. Es conveniente verificar con la compañía aseguradora para que nos informen si nuestra póliza cubre el reembolso de estos gastos en caso de que la aerolínea no se hiciese cargo.
¿Hay derecho a compensación?
Aunque se puede entender que son circunstancias excepcionales que limitan el derecho, el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. Así, el artículo 7 de la normativa recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de los vuelos".
No obstante, según el citado artículo, estas compensaciones se pueden reducir hasta en un 50% en el caso de que ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos", "que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, en el caso que no sea superior a cuatro horas.