PONTEVEDRA, 11 Nov. (EUROPA PRESS) –
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la condena a tres años prisión a una madre por fugarse a Suiza con sus tres hijos menores, cuya guarda correspondía a un centro al estar tutelados por la Xunta.
Según recoge la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, el tribunal ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal 3 de Pontevedra a esta mujer por un delito de sustracción de menores. De este modo, ha rechazado el recurso interpuesto por la procesada.
Los magistrados consideran probados los hechos recogidos en la sentencia recurrida por la encausada. Así, han detallan que una resolución dictada en julio de 2018 por la Xunta declaró "el desamparo de los tres menores" hijos de esta mujer y "la tutela pública de los mismos", delegando su guarda en un centro de Pontevedra.
Después de una salida de fin de semana al domicilio familiar, el 29 de septiembre de 2019, la acusada debía reintegrar a sus tres hijos en una parada de autobús para su recogida en el transporte escolar. Sin embargo, la sentencia señala que, "de forma deliberada y sin contar con la preceptiva autorización al efecto", esta mujer "se fugó con ellos al extranjero", tras lo que fue interceptada al día siguiente en un puesto fronterizo en Suiza.
El tribunal subraya que no se constató que los niños fuesen víctimas de agresiones por cuidadores del centro ni la posibilidad de que la expareja de la recurrente pudiese agredirles. Por ello, concluye que "no existía una situación de estado de necesidad".
Asimismo, remarca que no debe contemplarse un atenuante por una reacción pasional o colérica de la madre "si no estaba contrastada la importancia del estímulo provocador del disturbio emocional" y que "debía tener un efecto menguante sobre la voluntad e inteligencia en ese momento".
Plan previo
Además, resalta que esta mujer reconoció haber trasladado a algunas personas que "se marcharía con los niños a Suiza", anuncios que "parecen contradictorios" con la circunstancia modificadora de la responsabilidad criminal mencionada.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra también afirma que "no se refleja anomalía o alteración del estado de salud" de la recurrente, que faltó a la cita para la realización de un examen médico forense sobre "su capacidad intelectiva y volitiva en relación con patologías psíquicas y consumos de sustancias estupefacientes".