El Juzgado del Mercantil número 1 de Pontevedra exoneró una deuda de 2.588.268 euros a dos hermanos que avalaron una empresa familiar tras comprobar que carecen de activos suficientes para poder pagar el importe. La decisión ha sido tomada después de que ambos solicitaron la declaración de concurso ante el órgano judicial, en el marco de la Ley de la Segunda Oportunidad.

En cada uno de los autos, el juez del caso explicaba que "a la vista de los alegatos formulados, y teniendo en cuenta la documentación allegada, podemos estimar la existencia de un estado de insolvencia actual del solicitante o, por lo menos, de insolvencia inminente".

Por todo esto, el magistrado recalca que hay "indicios suficientes de la inexistencia de bienes y derechos que puedan ser embargables". Por eso, declaró que se trata de dos concursos sin masa, lo que implica la exoneración de la deuda.