Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al sindicato policial Jupol y ha anulado el requisito de arraigo para la provisión de puestos de trabajo en la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Generalitat Valenciana.

La organización recurrió el concurso específico de mérito convocado en 2022 y la sentencia ha obligado a la Dirección General de la Policía a adjudicar nuevos puestos de trabajo en esta unidad.

Tras la decisión del tribunal madrileño, al menos a seis funcionarios policiales que en un principio no habían sido admitidos podrán acceder de nuevo al concurso, según ha confirmado el sindicato en un comunicado.

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Los afectados fueron rechazados "al no cumplir con los requisitos de arraigo establecidos de manera ilegal", expone Jupol.

En concreto, la sala ha anulado la Base 8.2 de la convocatoria, "con los consiguientes efectos que de la inaplicación de la misma se deban derivar en la resolución del concurso".

Una base en la que se "premiaba" el arraigo en la Comunitat Valenciana de

los participantes en el concurso.

"Al no tratarse este arraigo de un mérito real para el desempeño del puesto de trabajo y por suponer una desigualdad entre los posibles participantes en el Concurso", el TSJM ha dado la razón a los recurrentes.

Según lo dispuesto en el artículo 47.4 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, "los requisitos y méritos exigibles en las convocatorias estarán necesariamente relacionados con el concreto contenido de cada puesto de trabajo y serán valorados por un órgano colegiado".

"Requisitos, que en ningún caso tienen relación alguna con el empadronamiento y lugar de residencia de los agentes", subrayan los recurrentes.

Este planteamiento ha sido estimado ahora por el TSJM para decretar la eliminación de esta base del concurso, "al no apreciar relación entre el lugar de residencia y el contenido de los puestos de trabajo".

En este sentido, aseguran que "la inscripción en el padrón municipal no supone más que el establecimiento en un determinado domicilio".

"Resulta irrelevante el lugar en el que tal domicilio esté fijado (siempre que, claro esté, resulte convenientemente autorizado) de cara a justificar un mérito específico a la hora de proveer los puestos de trabajo concernidos".

Así, esta condición suponía "privilegiar de forma ilegal a unos funcionarios en detrimento de otros atendiendo al desempeño de puestos de trabajo o estar empadronado en la Comunitat Valenciana", concluye Jupol.

Convenio de 2018

El último convenio de colaboración se firmó por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el expresidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, el 18 de septiembre de 2018

El documento detallaba que la provisión de puestos de la unidad adscrita -a excepción de la jefatura- se haría mediante concurso de méritos y que se tendría en cuenta tanto el arraigo en el territorio como el conocimiento del valenciano. 

En dicho documento se cifraba en 500 agentes -pertenecientes a las distintas escalas- la plantilla del Cuerpo, una cifra muy alejada de la dotación real.

Esta unidad adscrita tiene en torno a 383 funcionarios (más de la mitad en Valencia), lo que obligaría a incrementar en un 25 % el número actual para cubrir íntegramente el catálogo. Desde 2013, cuando se contabilizaban 472 efectivos, la pérdida ha sido constante.