El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al exconcejal de urbanismo del municipio valenciano de Turís, Rafael Corell, por haber concedido en 2008, hace 16 años, varias licencias urbanísticas obviando las deficiencias detectadas por técnicos municipales en las promociones.
En 2021, la Audiencia de Valencia le impuso un año y medio de prisión por un delito de falsedad documental, pero finalmente fue absuelto del delito de prevaricación urbanística por el que había sido procesado.
La Fiscalía recurrió y la sala del Supremo acaba de ampliar la condena a otros tres meses de prisión y seis años más de inhabilitación especial para empleo y cargo público porque concedió las licencias a sabiendas de su ilegalidad.
"El acusado, no obstante, conocer las deficiencias expuestas por el técnico municipal, y haber dispuesto su subsanación, expide la licencia de primera ocupación que, no solo, no era procedente, por las deficiencias puestas de manifiesto, sino que perjudicaron a los compradores que no pudieron contratarlos servicios esenciales a la ocupación de la vivienda por las deficiencias", recoge la resolución, dictada el pasado 17 de abril y consultada por EL ESPAÑOL.
Turís es un municipio de poco más de 6.000 habitantes de la comarca de la Ribera Alta.
Corell fue teniente de alcalde y concejal de Urbanismo de esta localidad por un partido independiente, Partit Independent per Turís, entre 2003 y 2011, los años de la especulación inmobiliaria.
Antes, había sido presidente de Nuevas Generaciones del PP de la provincia de Valencia. Cuando abandonó esta formación política, y desde un grupo independiente, apoyó la llegada a la alcaldía de Turís del PSOE, partido con el que gobernó ocho años.
En la actualidad, este partido dirige la alcaldía de Turís en un gobierno del que también forma parte el PP.
Se trata de una de las últimas causas que quedaba pendiente de sentencia firme de la época del exceso de ladrillo en la Comunitat Valenciana.
Han trascurrido 16 años desde que se cometieron los delitos y el expolítico se ha beneficiado de una rebaja de la pena final por el tiempo que ha transcurrido.
Los magistrados han tenido en cuenta las "dilaciones indebidas" y los años en los que el juicio estuvo paralizado para determinar si debía de ser acusado por un juzgado de lo Penal o la Audiencia de Valencia.
La actuación irregular de Corell fue denunciada por sus antiguos compañeros del PP.
Dos licencias
Corell firmó al menos dos licencias de primera ocupación para varias promociones urbanísticas desarrolladas en su municipio obviando las deficiencias detectadas por el arquitecto municipal.
La primera de ellas, a Casas Balcón de Montroy SL, una empresa que había construido seis viviendas unifamiliares aisladas en la urbanización Viñamalata.
El arquitecto municipal emitió un informe en marzo de 2006 en el que se recogía expresamente que no procedía la concesión de la referida licencia. Días después, emitió un segundo informe en el que condicionaba dicha licencia al subsanamiento de algunas deficiencias referidas, entre otros asuntos, a los suministros de agua y electricidad.
Tras considerar ejecutadas las obras, la promotora solicitó la cédula de habitabilidad. Pero el arquitecto municipal, en diciembre de 2007, apuntó en un nuevo escrito que no procedía, dado que la obra no se había ejecutado de acuerdo con lo establecido en la licencia.
Sin embargo, el ahora condenado, en calidad de concejal de Urbanismo, dictó en enero de 2008 una providencia para requerir el subsanamiento de las deficiencias en un plazo de 15 días y siete días después concedió la cédula de habitabilidad.
Los propietarios entraron a sus viviendas sin unos servicios básicos mínimos, con luz de obra y sin agua potable.
Así, los vecinos de esta urbanización denunciaron deficiencias en el suministro eléctrico y de agua potable, que provenía de unos depósitos abastecidos con camiones cisterna de origen desconocido.
Se trataba de agua no apta para el consumo humano, con contaminación de posible "origen fecal", de acuerdo con unos análisis realizados en laboratorios privados, según aparece en la sentencia.
Del mismo modo, en 2005 el arquitecto municipal de Turís había advertido sobre deficiencias en la licencia para una promoción de 32 viviendas en este mismo municipio presentada por la empresa Viviendas Imperio SL.
Una vez ejecutada la promoción, en junio de 2009, se requirió a la empresa para que subsanase las deficiencias encontradas. Pero Corell, en agosto, concedió la licencia de primera ocupación sin cumplir con ninguna formalidad.
Así, los compradores actuaron "en la creencia de que el edificio contaba con la licencia de primera ocupación" y se "simuló un acuerdo de concesión de dicha licencia".
Juicio justo
Corell es abogado de profesión y se defendió a sí mismo en el proceso seguido en el Supremo.
Este dirigente independiente recurrió la condena de la Audiencia de Valencia al considerar que vulneró su "derecho fundamental a la presunción de inocencia en el que desarrolla.
"Señalando que no se ha probado ni la intención dolosa, ni la realización de la conducta, a sabiendas de su injusticia", recoge la resolución
Pero el Alto Tribunal ha desestimado el motivo porque era "consciente de que no se habían cumplido los requisitos administrativos precisos y señalados por los informes municipales como necesarios para poder conceder la licencia de primera ocupación".
"Ni siquiera se habían solicitado los documentos que instaba el aparejador municipal", puntualiza la sala.