Local destrozado por las inundaciones de la DANA. Efe / Miguel Ángel Polo

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Valencia

La Audiencia de Valencia encarga al juez instructor del caso de Mónica Oltra que investigue la gestión de la DANA

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha atribuido al Juzgado de Instrucción número 15, el que instruyó el caso contra Mónica Oltra, la competencia para resolver sobre una denuncia interpuesta por el Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias por la gestión de la DANA.

El tribunal ha tomado esta decisión en un auto notificado este martes a las partes, en el marco de la cuestión de competencia negativa planteada por el citado juzgado.

Esta cuestión de competencia versaba sobre otras diligencias previas seguidas por el Juzgado de Instrucción 20 de Valencia por el fallecimiento de una víctima mortal en la catástrofe.

La denuncia de Manos Limpias alude a la comisión de posibles delitos de homicidio, lesiones y daños por imprudencia grave.

Está dirigida contra el entonces director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar y la responsable de la Aemet.

Esa denuncia recayó por reparto en el Juzgado de Instrucción 15, cuyo titular incoó diligencias previas y se inhibió de ellas en favor de su homólogo del Juzgado de Instrucción 20.

¿La razón? Porque este último juzgado fue el primero que tuvo conocimiento de un fallecimiento por la Dana en el partido judicial de Valencia.

Baile de juzgados

Sin embargo, el Juzgado de Instrucción 20 rechazó esa inhibición por considerarla prematura e Instrucción 15 planteó entonces una cuestión de competencia.

La Sección Segunda de la Audiencia valenciana ha determinado ahora que el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no permite en este momento acumular esa denuncia a las diligencias previas por el Juzgado de Instrucción 20.

El auto recoge que los delitos no conexos, pero que hayan sido cometidos por la misma persona y tengan analogía o relación entre sí, pueden ser enjuiciados en la misma causa a instancias del Ministerio Fiscal.

En este caso, sin embargo -precisa el Tribunal-, la Fiscalía no ha instado la acumulación de la denuncia de Manos Limpias al procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción 20 al considerar que es prematura.