
El barranco del Poyo, en Paiporta (Valencia), imagen de archivo. Europa Press / Eduardo Manzana
La jueza de la dana pide a la Guardia Civil una cronología del 29-O y que la Generalitat acredite el "receso" del Cecopi
La magistrada también ha pedido información a la Universitat de València sobre la suspensión de las clases el día de la dana.
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La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que asume la causa judicial de la dana, ha encargado ahora a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil la elaboración de un informe que detalle la cronología de los hechos sucedidos el pasado 29 de octubre.
Además, entre las diligencias de investigación acordadas por la juez en este auto destaca el requerimiento a la Conselleria de Interior y Emergencias para que le informe, en el plazo de tres días, si durante la reunión que se mantuvo en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) el día de la dana "se produjo algún receso".
En cuanto al informe que debe elaborar el instituto armado, tendrá que ceñirse al análisis del desbordamiento de los ríos, barrancos y embalses en relación con los fallecimientos y lesionados registrados, según consta en el auto notificado este jueves a las partes, del que ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La confección de este documento había sido solicitada por la Fiscalía en un escrito fechado el pasado 21 de febrero en el que se pedía que el atestado policial fuera "más amplio" e incluyera otros extremos que han sido denegados por la instructora.
Así, la titular del Juzgado entiende que, ya avanzada la investigación y acordado "un importante número de diligencias", bien de oficio, bien a instancias de las partes personadas, y judicializada la causa, "el análisis de la evitabilidad de los fallecimientos y la posible comisión de delitos no puede trasladarse a un informe policial".
Igualmente, en esta fase de instrucción, que se centra en las medidas "que hubieran evitado los fallecimientos", apunta que la necesaria toma de declaraciones por los partícipes en sede policial "chocaría con la propia investigación judicial".
"Ha de recordarse que en un atestado de tales características sería preciso la toma de declaración de testigos, y que diversas acusaciones particulares y populares han solicitado la declaración de los querellados", precisa la magistrada, por lo que "la declaración de los eventuales investigados no puede efectuarse policialmente".
En la resolución, la jueza destaca la utilidad de las "piezas periodísticas" y grabaciones audiovisuales efectuadas por los medios de comunicación que estos han aportado al juzgado tras serles requeridas.
Estas le permiten "hacerse una idea de cómo evolucionó la situación el 29 de octubre en toda la provincia de Valencia".
La instructora ha pedido también a la Universitat de València, que acordó "acertadamente" suspender las clases el día de la dana, que le informe de qué órgano concreto tomó esa decisión, en que información se sustentó y si en ella participó "algún técnico".