¿Cuáles son los motivos por los que el SEPE podría suspender el cobro de la prestación por desempleo?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de facilitar el cobro de prestaciones por desempleo en España, como el paro o los subsidios.
7 diciembre, 2023 01:32El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de facilitar el cobro de prestaciones por desempleo en España, como el paro o los subsidios. A su vez, tiene la función de gestionar y orientar el sistema de protección por desempleo.
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Es decir, se encarga de redirigir todas aquellas ayudas que buscan atender las contingencias por desempleo: nos estamos refiriendo a prestaciones como el conocido 'paro', prestación dirigida a personas desempleadas que han cotizado; e igualmente al subsidio por cotizaciones insuficientes para mayores de 52 años.
Aunque se trata de ayudas a las cuales tienen derecho por ley todo aquel que ha quedado en situación de desempleo o ha cotizado en algún período de su vida al régimen de seguridad social, debemos tener en cuenta que el ser beneficiarios de estas ayudas no exime a los usuarios de cumplir una serie de requisitos, tanto para acceder a ellas como para mantener activas las mismas durante el período de tiempo que sea necesario.
De acuerdo con la entidad, el incumplimiento de alguna de las condiciones de acceso y permanencia como beneficiario, puede dar lugar a su suspensión.
¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios del paro?
El requisito esencial para seguir percibiendo la prestación es mantener la condición que ha dado lugar a ella. Es decir, no contar con un empleo o ingresos producto del trabajo que permitan tener una significativa autonomía económica.
Adicionalmente, los titulares de la ayuda deben suscribirse y participar en aquellas actividades tendentes a mejorar la situación de desempleo, que desde el propio organismo se nos requiera, como, por ejemplo, inscribirse como demandante de empleo, así como no negarse a participar en programas de formación para el empleo, capacitación, reconversión profesional u otras actividades orientativas e informativas para el acceso al empleo.
En tanto en cuanto lo que percibimos, en esta situación de desempleo, son ayudas, es común preguntarse por cuál es el principal motivo por el que el SEPE puede suspender el cobro de una prestación por desempleo.
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En todo caso, no solamente existe una causa, sino que son varias, y en función del tipo de ayuda. Ante tal situación, sí debemos de tener en cuenta que, ante cualquier requerimiento para subsanar o corregir defectos, existe un periodo de tiempo para subsanar esos errores y volver a recibir la cuantía mensual.
¿Qué ocurre si recibo alguna prestación del SEPE y no cumplo con esos requisitos?
El SEPE tiene previstas una serie de sanciones, así como la suspensión de las prestaciones para las personas que no cumplan los acuerdos suscritos con la administración. En este sentido, y tal como informa la web del Servicio Público de Empleo Estatal existen varias causas por las que es posible dejar de cobrar el paro, siendo las más graves:
- Por compensación de un cobro indebido, si se adeuda una cantidad a la administración.
- Al iniciarse un procedimiento sancionador siempre que sea comunicado de forma fehaciente en Derecho.
- Por alguna causa de incompatibilidad, como trabajar por cuenta propia o ajena, o tener reconocida alguna pensión de la Seguridad Social.
- Por no renovar la Tarjeta de Demandante de Empleo (DARDE) cada 90 días en la oficina autonómica correspondiente.
Adicionalmente, existen algunos motivos especiales que podrían desembocar en la pérdida del subsidio. Así se ha de indicar:
- Superar el límite mensual de rentas. Por norma, los ingresos nunca pueden ser mayores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
- No cumplir con la búsqueda activa de empleo (BAE) y rechazar cualquier oferta de empleo o curso ofrecido por la administración, al igual que no acudir a las citas.
- No renovar la ayuda asistencial a tiempo.
En relación a las sanciones, se aplican según el grado de la infracción que va desde leve a grave, así como el número de veces que haya sido cometida mientras se es beneficiario de la misma. En este sentido, debemos de tener en cuenta lo siguiente:
- Las infracciones leves pueden ocasionar la pérdida de 1 mes de prestación si es la primera vez, 3 meses a la segunda y 6 meses a la tercera. Si se incurre una cuarta vez, se podría perder el derecho definitivo a la prestación.
- Si la infracción es grave, se corre el riesgo de suspender la ayuda entre 3 y 6 meses si se trata de la primera o segunda infracción respectivamente. Si se comete por tercera vez, dará lugar a la suspensión total de la ayuda.
¿Cómo podemos subsanar los errores o defectos para recuperar la prestación?
Cuando la prestación o subsidio que cobramos se ha suspendido por imposición o sanción por haber cometido alguna de las infracciones —leves o graves— referidas, la reanudación se hace de oficio (por la propia administración), una vez transcurra el periodo de sanción.
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Eso sí, hay que estar inscrito como demandante de empleo. En el resto de casos en los que la Administración no actúe de oficio, cuando estamos ante defectos subsanables o requerimientos puntuales, debemos saber que se dispone de 15 días hábiles “siguientes a la finalización de la causa por la que se suspendió la ayuda”, para aportar lo que se estime oportuno y solicitar la reanudación; ello siempre que se esté en situación legal de desempleo y se mantenga activa la inscripción como demandante de empleo.
La solicitud de reanudación puede presentarse de dos formas:
- Electrónicamente, a través de la Sede Electrónica del SEPE.
- De forma presencial en alguna de las oficinas del organismo, siempre que se haya solicitado una cita previa.