Cuando se firma un contrato de alquiler es necesario que se cumpla con la normativa vigente en España. Para ello hay que recurrir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), gracias a la cual se mantiene en orden el mercado inmobiliario, de forma que los propietarios e inquilinos de las viviendas alquiladas puedan tener claras tanto sus obligaciones como sus derechos.
Pese a ello, siempre puede llegar a haber conflictos entre ambas partes, sobre todo cuando hay algunas condiciones que siembran dudas, y una de ellas tiene que ver con la reparación de los electrodomésticos de la vivienda, como el aire acondicionado, la lavadora o el frigorífico, entre otros.
Según informa la ley, el arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, sin que tenga derecho, por ello, a elevar la renta mensual del arrendatario.
Sin embargo, el inquilino deberá hacerse cargo de las reparaciones siempre que estas vengan dadas por su culpa o su negligencia o de sus allegados. De esta manera, el propietario no será el responsable de tener que afrontar el gasto de pequeñas reparaciones provocadas por el desgaste del uso diario del inmueble, debiendo ser estos abonados por el arrendatario.
¿Quién paga la reparación del aire acondicionado?
Tanto el aire acondicionado como la calefacción son dos aparatos eléctricos que se utilizan de forma continuada en verano e invierno, respectivamente, lo que implica que sea necesaria su revisión cada cierto tiempo para poder mantenerlos en perfecto estado y revisar si es necesario efectuar pequeñas reparaciones.
Estos aparatos de climatización pueden llegar a ser los causantes de que la factura de la electricidad se llegue a disparar en el hogar, y es por ello por lo que hay que prestar mucha atención a su mantenimiento. De hecho, los expertos recomiendan que, si se utiliza con frecuencia el aire acondicionado y tiene cierta antigüedad, es recomendable repararlo cada cinco años.
De esta forma, si el inquilino hace un uso normal del aparato, será el casero quien deba pagar los gastos de sus reparaciones. Esto se debe a que el uso normal del aire acondicionado puede hacer que se averíe a largo plazo, siendo pagos que no tendrá que afrontar el inquilino, siempre y cuando las averías no deriven de un mal empleo por su parte o haya provocado un daño intencionado.
¿Qué reparaciones debe pagar el inquilino?
Un inquilino tiene la obligación de mantener la vivienda en las condiciones en las que la recibió, lo que quiere decir que debe hacerse cargo de todo deterioro que tenga que ver con una mala utilización, entre las que se encuentran las reparaciones de agujeros que haya podido hacer en las paredes, la pintura por mal uso, o si se ha pintado sin autorización del propietario y este no aprueba el resultado, y los arreglos de diferentes muebles o utensilios de la vivienda, tal y como se recoge en el artículo 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
La LAU menciona que las "pequeñas reparaciones" serán cargo del inquilino, pero este concepto puede llegar a generar muchas dudas, ya que hay que tener claro qué se considera que es una reparación pequeña y cuál no para establecer si es el arrendador o arrendatario el que debe hacer el desembolso económico.
Para poder determinarlo se debe atender a varios criterios:
- Tiempo de ocupación: cuando la avería tiene lugar poco tiempo después de que haya accedido a la vivienda el inquilino, será el propietario del inmueble el que tenga que afrontar su reparación, a excepción de que, como ya hemos mencionado, se compruebe que se ha dado un mal uso al aparato.
- Coste de la reparación: en este sentido, la Ley de Arrendamientos Urbanos no establece una determinada cuantía para poder distinguir una pequeña reparación de la que no lo sea, si bien es cierto que habitualmente se considera como tal aquellas que llegan hasta los 150 euros, aproximadamente.
- Zona de la vivienda afectada: por lo general, las reparaciones que afectan al inmueble en sí mismo deben ser afrontadas por parte del propietario, mientras que aquellas que tienen que ver con los bienes muebles, serán responsabilidad del inquilino.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que es habitual que en el contrato de arrendamiento se especifiquen condiciones de mantenimiento y de arreglos de la vivienda, si bien hay que tener en cuenta que estas no pueden vulnerar en ningún caso las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Cuando esto sucede, tanto el propietario como el inquilino tendrán que respetar las cláusulas del contrato y someterse a los pactos contractuales adoptados, ya que en él se detallarán las condiciones en las que se entrega la vivienda. Si se determina que la entrega se realizó en buenas condiciones, una vez que el contrato llegue a su fin, toda deficiencia que no hubiese sido comunicada al propietario, corre por cuenta del inquilino.
Sin embargo, si en el contrato de alquiler se aclara que el inquilino recibió la vivienda en malas condiciones, una vez que llegue a su fin el contrato, no será el arrendatario quién tenga que hacer frente al pago de los desperfectos, sino que estos recaerán sobre el casero, que será quién tenga que hacer el desembolso económico correspondiente para arreglar los deterioros.