"Inútil, no vales para nada": multa de 13.000€ por 11 años de vejaciones a una ayudante de cocina de Benidorm
La trabajadora tuvo que ir al psiquiatra y medicarse ante el acoso constante al que le sometía su jefe, incluso con empujones o golpeándola.
18 noviembre, 2021 16:15Noticias relacionadas
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a pagar más de 13.000 euros por humillar a la que fuera su ayudante de cocina en un restaurante de Benidorm. La sentencia da como hecho probado que el procesado, desempeñando sus funciones de encargado y jefe de cocina, estuvo durante sus 11 años de relación laboral (entre 2007 y 2018) insultando y humillando a la víctima, e incluso utilizando la violencia física contra ella.
En concreto, la Audiencia ratifica el fallo del Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm, que indica que el condenado mantuvo, "a sabiendas (...), un trato humillante, ofensivo y despreciativo" hacia la denunciante, hasta que el agresor se fue finalmente de la empresa.
"Este trato consistió en que de forma reiterada profería expresiones como inútil, no vales para nada, coja", realizando "mofas" sobre ella y "no permitiéndole hablar con la gente". Incluso llegó a "empujarla", le lanzaba "tapas de frascos" o la golpeaba "con cartones de pizza".
El tribunal afirma en el fallo que "esta continua, sistemática y deliberada conducta de hostigamiento y trato vejatorio le ha ocasionado un trastorno de adaptación mixto de ansiedad y humor deprimido, que ha precisado además de una primera asistencia médica" y "tratamiento médico posterior consistente en revisiones por psiquiatra, terapia psicológica y farmacológica".
Los jueces consideran que estos tratamientos fueron "impeditivos", y que además la víctima tiene secuelas como "trastorno de adaptación mixto de ansiedad" y un cuadro de depresión.
Es por ello por lo que condenan al acusado a un año de prisión por un delito de lesiones y otro de acoso laboral, con una responsabilidad civil de 10.800 euros por las lesiones y 2.400 por las secuelas.
El recurso
Contra esta decisión el condenado interpuso un recurso en el que alegaba un "error en la apreciación de la prueba" y "vulneración del principio de presunción de inocencia".
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Alicante lo desestima asegurando que, aunque se han aportado testimonios de algunos trabajadores que aseguran que no fueron testigos de ningún maltrato hacia la víctima, ésta ha aportado documentación médica que avala su estado, así como que estas secuelas eran producto de las humillaciones que había sufrido en el trabajo.
También se ha elaborado un informe pericial que avala los testimonios de la denunciante, al asegurar "categóricamente" que la mujer "presenta síntomas del acoso laboral relatado".
Ante esto, la Audiencia desestima el recurso y ratifica el fallo emitido por el juzgado de Benidorm así como la pena impuesta.