La Audiencia provincial de Alicante, en una imagen de archivo.

La Audiencia provincial de Alicante, en una imagen de archivo.

Alicante

Condenan a tres años de prisión a una asistenta por estafar 37.900 euros a una familia de Alicante

Supuestamente necesitaba el dinero, entre otras cosas, para realizarse un cambio de prótesis mamarias en Colombia.

19 septiembre, 2024 18:06
Alicante

Tres años y un día de prisión por un delito continuado de estafa. Esa ha sido la condena que ha establecido la Audiencia Provincial de Alicante para una empleada del hogar, de 41 años, que trabajaba como asistenta para una familia alicantina, según ha informado la agencia Efe.

Los magistrados de la Audiencia han concluido como ciertas las acusaciones de que la empleada convenció a su empleadora de que le prestase dinero fingiendo que sufría problemas de salud por los que su vida corría y peligro y que necesitaba recibir tratamientos médicos.

Con esa simulación, que mantuvo de forma reiterada entre los años 2012 y 2014, la condenada, colombiana, consiguió que la mujer le prestase una cantidad global de 37.900 euros en entregas en metálico o en transferencias a cuentas bancarias que, en algunos casos, pertenecían a allegados suyos.


De hecho, la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, también condena a cuatro de esos conocidos, entre los que figuraba su pareja y otros familiares, a las penas de nueve meses de prisión para cada uno de ellos por el mismo delito de estafa, en su caso no continuada. 

Al parecer, la encausada fue contratada como empleada de hogar en mayo de 2012 con el propósito de ayudar a la perjudicada en los cuidados de su esposo, que padecía una enfermedad, por la que falleció en 2014.

La sentencia considera probado que la procesada aprovechó “la relación de confianza que entabló con el matrimonio, que la consideraba como una familiar, para convencerles de que padecía graves problemas de salud por los que debía ser tratada en la sanidad privada”.

El dinero

Consiguió que le prestasen dinero directamente “o a través de terceras personas”, con el argumento de que ella no podía asumir los gastos médicos “por su precaria situación económica”.


De este modo, a principios de 2013 logró que le prestasen 1.700 euros que, supuestamente, necesitaba para realizarse un cambio de prótesis mamarias en Colombia, puesto que, según argumentó, había sufrido una fisura de sus implantes y tenía un problema de salud.

Entre marzo y abril de ese año, logró que le prestasen tres cantidades de 1.000, 2.000 y 500 euros más que debía destinar a pagar gastos de hospitalización, y después les convenció para más transferencias.

La sentencia añade, igualmente, que, en mayo de 2014, “hizo creer” que iba a contratar los servicios de un abogado para reclamar su caso “como negligencia médica” y volvió a pedir dinero a su empleadora con la promesa de que, al recibir la indemnización, se lo devolvería.

En ese momento, acordaron que ese compromiso se manifestase en una escritura notarial de reconocimiento de deuda que se firmó el 26 de mayo de 2014 por una cantidad de 22.000 euros. La resolución judicial concreta que en ese documento se establecía que dicha suma debía ser reintegrada con fecha límite de 2 de agosto de 2015.

La procesada admitió parcialmente los hechos durante el juicio, el pasado 26 de marzo, al sostener que sí había recibido dinero de sus empleadores por padecer problemas de salud, como la fisura de sus implantes. Sobre la escritura notarial de reconocimiento de deuda, aseguró que no leyó su contenido y que confió en lo que ponía, y alegó que tenía problemas con el alcohol y deudas por drogas y alcohol en Colombia, además de mantener que realmente sí sufría una enfermedad en el riñón.

El tribunal ve demostrado el delito de estafa a partir de la documentación recopilada sobre las transferencias realizadas y la identidad de las cuentas de sus titulares. Así, considera a la encausada responsable de un delito continuado de estafa, agravada por “abuso de relaciones personales existentes con la víctima”, al que también se le aplica la atenuante de dilaciones indebidas.

Además de la pena de cárcel, la sentencia añade el pago de una multa de seis meses con cuota diaria de seis euros y una indemnización de 37.900 euros en un fallo recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.