Un bebé en un hospital, tras nacer.

Un bebé en un hospital, tras nacer.

Vivir SOCIEDAD

Estos son los nombres prohibidos para poner a tu hijo o hija en la provincia de Alicante

No vale cualquier nombre para tu bebé, recuerda la legislación; ante la polémica, incluso ha habido casos en los que el Registro Civil ha elegido el nombre de los hijos. 

6 julio, 2023 06:20
Alicante

No todo vale a la hora de elegir el nombre de tu hijo o de tu hija; la ley es meridianamente clara al respecto. Y es que, la elección del nombre es algo que trae de cabeza a muchas madres y padres que, cuando por fin se han decidido, se pueden encontrar con la negativa del Registro Civil tras su inscripción en el hospital donde ha nacido.

Con todo, unos optan por poner a sus descendientes sus propios nombres o el de sus ascendientes. Otros, en cambio, tratan de innovar, apostando por nombres poco habituales, como Feivel, que proviene del yiddish y significa “brillante”, Ibon (viene del hebreo y significa “agua que fluye”) o Dagan, hebreo y quiere decir "Tierra". 

Luego están los padres que tiran de la opción de los nombres tradicionales, los que más abundan. En la provincia de Alicante el listado de 2021 marcó un punto de inflexión, siendo los de Aitana, Sofía y Julia o Hugo, Lucas y Marc los más recurrentes, sin olvidar el de María, Carmen, Paula, Alma, Emma para ellas o José, Antonio, Alejandro, Francisco y Mateo para ellos.  

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Otros, en cambio, prefieren nombres extranjeros, buscan inspiraciones en series como Juego de Tronos o películas que hayan estado de moda o incluso se decantan por el naming de una empresa o por el nombre de una ciudad. Aquí es cuando decimos, cuidado porque no todo vale.

El juez puede decidir

Si bien en España los padres tienen derecho a elegir el nombre que deseen para su bebé, cabe recordar que la aprobación final depende del magistrado a cargo del Registro Civil que, si lo deniega, deja a los progenitores con la opción de recurrir judicialmente. 

A este respecto, una pareja de Vitoria se encontró con el rechazo de una jueza del Registro Civil que se negó a registrar el nombre inscrito, "Hazia", porque en vasco significa "semen". Tras ello, les dio tres días para elegir otro, pero ellos no quisieron y al final la magistrada por "Zia" por su parecido fonético y porque significaba "semilla".

Lo que dice la Ley

El artículo 54 de la ley del Registro Civil y el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil establece una serie de pautas que los padres deben tener en cuenta antes de acudir a registrar a su hijo o hija:

En una España donde son comunes los María Carmen o José Antonio, la primera regal es que no pueden consignarse más de dos nombres simples o uno compuesto.

Tampoco pueden imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de una persona o que hagan confusa la identidad, como el caso anteriormente citado que aludía al semen.

En este sentido, esclarecen que en caso de que la identificación sea confusa, no se otorgará relevancia a la correspondencia del nombre con el sexo o la identidad sexual de la persona.

En el caso de la confusa identificación se refiere, por ejemplo, a usar apellidos como nombres. Hay muchas personas a las que se les llama por el apellido, pero eso no significa que esté permitido ponerlo como nombre. Es decir, tu hijo no se puede llamar Gómez, Fernández o García.

Tampoco puede imponerse al recién nacido un nombre que ostente uno de sus hermanos o hermanas con idénticos apellidos, puesto que no habría diferencia entre dos personas del mismo núcleo familiar, ni aunque fuera en otro idioma. Sin embargo, tiene un pequeño matiz. En caso de que el hermano o hermana en cuestión se llamara de una forma y ha fallecido, sí que se podría utilizar el mismo nombre.

Están prohibidos los nombres de marcas. En ningún caso se puede llamar al neonato como una firma. Por ejemplo, Nike, Pepsi o Adidas. Otra cosa sería saber qué pasa si se optara por Apple en alusión a la empresa tecnológica, porque también alude a una fruta en inglés y en el caso de las frutas, no se suelen aceptar como nombres, aunque en ocasiones sí.  

Los nombres formados en diminutivo o acrónimo tampoco pasarán el filtro, así que Anita o Joselito no quedarán registrados ni siglas como 'JR' (junior). 

Por último, los nombres completos que vengan de personas famosas no se pueden poner. Es decir, en el registro no te permitirían llamar, por ejemplo, Cristiano Ronaldo a tu hijo, Penélope Cruz o el clásico Kevin Conster