Las universidades de Castilla y León inician en 2024 la elección de sus rectores por seis años sin renovación
Los comicios para elegir a los nuevos dirigentes de las universidades de León y Burgos a lo largo de 2024 dan el pistoletazo de salida a un proceso que concluye en marzo de 2026 con la elección del nuevo rector de la UVa
17 septiembre, 2023 13:12Las universidades públicas de Castilla y León inician en 2024 la elección de sus rectores con las nuevas reglas establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que establece, como principal novedad en materia de dirección universitaria, que los máximos dirigentes de las universidades públicas sean elegidos por un periodo de seis años sin posibilidad de renovación del cargo.
Así figura en el artículo 51.2 de la Ley, implementada en el sistema universitario español desde el 23 de marzo de 2023, que establece que el rector será seleccionado “mediante elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria” y la duración de su mandato será “de seis años improrrogables y no renovables”, al contrario que con la anterior legislación, que establecía una limitación de dos mandatos de cuatro años cada uno.
Por ello, con la conclusión en las cuatro universidades públicas de Castilla y León, durante los próximos cuatro años, del segundo mandato de sus rectores, se inicia un nuevo periodo por el que los nuevos máximos mandatarios de Burgos, León, Salamanca y Valladolid se mantendrán en el cargo seis años, aunque no se podrán someter de nuevo al mandato de las urnas para una posible reelección.
Para adaptarse a este proceso, las universidades públicas de Castilla y León deben modificar sus estatutos, puesto que son estos los que establecen y regulan todos los órganos unipersonales de dirección universitaria, tal y como establece el artículo 44.2 de la LOSU. En ese sentido, y tal y como informan a Ical, los cuatro centros están iniciando, durante el presente año, los trabajos de elaboración de los nuevos estatutos, aunque atentos a la realidad política salida de las urnas el pasado 23 de julio y que podría condicionar dichos procesos en virtud de que la LOSU sufra cualquier modificación posterior.
Así sucede, por ejemplo, en la Universidad de León, donde el Consejo de Gobierno suspendió el pasado 2 de junio, de forma momentánea, los trabajos iniciados por la Comisión delegada para la redacción del texto articulado del nuevo estatuto de la ULE, debido a la convocatoria de elecciones generales realizada por Pedro Sánchez. La labor de los miembros de la Comisión, designados por acuerdo del Consejo de Gobierno tras el puente del Día del Trabajador, habían comenzado apenas dos semanas antes, el 15 de mayo, y se prevé que se retomen con el comienzo del curso 2023-2024.
Y es que la Universidad de León es la primera en la que se celebrarán elecciones al Rectorado. En concreto, la convocatoria “debería producirse entre enero y febrero” de 2024, según explican desde la Secretaría General de la ULE, dado que los pasados comicios tuvieron lugar el 12 de marzo de 2020, apenas tres días antes del confinamiento decretado para todo el país con motivo de la pandemia de COVID-19. Sin embargo, los plazos electorales podrían alargarse algunos meses debido a que el rector, Juan Francisco García Marín, no tomó posesión hasta el mes de septiembre precisamente por la pandemia.
Más tasada tienen ya la cuestión en la Universidad de Burgos, el otro centro de educación superior público de Castilla y León que afronta elecciones al Rectorado el año que viene. Según explican desde la UBU a Ical, la comisión de reforma de los estatutos ya se estableció antes incluso de la aprobación de la LOSU, con el objetivo de tener aprobado el nuevo texto “antes de abril de 2025, que es cuando se cumple el plazo”.
“La idea era terminar antes, pero con el adelanto electoral y la paralización de los reales decretos que llevaba aparejada la LOSU, como el de organización de la institución, no se sabe aún si se culminará antes, como estaba previsto, o en marzo de 2025”, señalan. No obstante, para la elección del rector, la propuesta de la comisión es “cumplir con la disposición transitoria de la LOSU que establece tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en cargo unipersonal”. “Pero será la comisión la que proponga el texto y el claustro quien va a decidir”, concluyen.
Con más tiempo juegan en las universidades de Salamanca y Valladolid. No obstante, y tal y como establece la ley, los nuevos estatutos deberán estar elaborados y aprobados para el segundo semestre del curso 2024-2025 y ambos centros no tendrán que realizar sus periodos electorales hasta después de dicha fecha. En concreto, la USAL en diciembre de 2025 y la UVa será la que cierre estos primeros procesos de elección del nuevo rector para un único periodo de seis años en marzo de 2026.
No obstante, la Universidad de Valladolid celebrará, a la vuelta de las vacaciones, una mesa del Claustro para realizar una propuesta de procedimiento específico para la elaboración de los nuevos estatutos que derivará en la aprobación y constitución de una Comisión de Reforma Estatutaria cuyos trabajos deberán estar finalizados un año después, en septiembre de 2024. Ahí, y una vez que la comisión y la mesa del Claustro estudien las aportaciones y las enmiendas para la remisión de un texto consensuado, se espera que el debate y aprobación de los nuevos estatutos en el pleno del Claustro tenga lugar, como muy tarde, en noviembre del año que viene.
No tendrán que ser catedráticos
Otra de las cuestiones que incluye la LOSU en el apartado de la elección de los rectores de las universidades públicas españolas, entre las que se encuentran las cuatro de Castilla y León, es que la persona elegida para mandatar los designios del centro deberá ser “personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo”, lo que elimina la obligatoriedad de que ostenten el cargo de catedrático.
Eso sí, el artículo 51.1 de la LOSU matiza que los nuevos rectores deberán “reunir los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria que determinen los estatutos”, lo que permite que sean las propias universidades públicas las que decidan qué categoría profesional mínima, de entre las universitarias, debe ostentar el candidato para poder presentarse al proceso, que le impide, durante el tiempo que ostente el cargo, presentarse a ningún proceso de promoción académica, como estipula el artículo 50.6 de la nueva ley.
En ese sentido, la Universidad de Burgos ya contaba con unos estatutos, los que permanecen vigentes hasta la elaboración y aprobación de los nuevos, que no establecen como requisito para ser rector el hecho de ser catedrático, “con la voluntad de favorecer que hubiera mujeres rectoras”, señalan desde dicho centro, si bien la UBU es, según recuerdan, “la universidad que mayor porcentaje de catedráticas tiene de España”, con un 42 por ciento frente a la media del 26 por ciento.