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Castilla y León amplía el aforo en los estadios y pabellones

Con una capacidad máxima del 60 % de los espectadores en competiciones en espacios abiertos y del 40 % en instalaciones cerradas

2 septiembre, 2021 13:03

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Acuerdo por el que se traslada a la Comunidad las modificaciones en el régimen limitativo frente a la COVID-19 en eventos deportivos multitudinarios abordadas por el último por el Consejo Interterritorial, con el fin de reducir el riesgo de contagios y la propagación pandémica en ese tipo de actividades, con un importante número de asistentes procedentes incluso de territorios con distintas situaciones epidemiológicas.

De esta manera se da continuidad a las anteriormente vigentes ‘Medidas para los eventos deportivos multitudinarios, incluidos los de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de Baloncesto’ indicadas para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, pero incorporando cambios en lo referido a los aforos permitidos.

Así esta actualización determina capacidades máximas del 60 % de los espectadores en competiciones a celebrar en espacios abiertos y del 40 % en instalaciones cerradas.

La nueva vigencia se establece entre mañana, 3 de septiembre, con su publicación en el Bocyl y el próximo 30 del mismo mes, ambos inclusive, siendo este régimen objeto de seguimiento y evaluación continua por parte de la Autoridad sanitaria, con el fin de garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y asistencial, pudiendo por tanto ser mantenidas, modificadas o levantadas.

Esta intervención para el control del riesgo de contagio y la extensión de la COVID-19 en convocatorias deportivas multitudinarias en la Comunidad también aborda, además de las ya comentadas limitaciones de aforos, la organización de accesos, sectorización y movimiento de asistentes; el uso obligatorio de la mascarilla; el consumo de comida y bebida; de tabaco y productos relacionados; la ventilación de espacios interiores; indicaciones sanitarias; información y señalización limpieza, higiene y desinfección; y salud de los trabajadores.

Por tanto el actual Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Junta traspone las siguientes medidas especiales de salud pública y recomendaciones generales a aplicar en relación con la asistencia de público a eventos deportivos multitudinarios que se celebren en Castilla y León entre el 3 y el 30 de septiembre, incluidos partidos de la Liga de Fútbol Profesional y de la Liga ACB de Baloncesto:

Aforos

El aforo máximo será del 60 % para eventos en recintos abiertos y de un 40% para eventos en dependencias cerradas, garantizándose una distancia interpersonal de 1,5 metros.

Los entrenamientos se realizarán preferentemente sin público y, en todo caso, con los límites de aforo máximo establecidos anteriormente.

Organización de los accesos, sectorización y movimientos de asistentes

Organización de la entrada y salida al evento así como uso de los espacios comunes:

  • Los organizadores del evento deben garantizar el personal suficiente de seguridad dentro y fuera del lugar donde se desarrolle el evento para evitar aglomeraciones.
  • Se fijarán franjas horarias para el acceso escalonado del público por zonas y sectores, comenzando por aquellos más alejados de la salida; el procedimiento será inverso para la salida.
  • El uso controlado de los espacios comunes por parte de los asistentes estará sujeto a un estricto control del personal del evento.

Organización sectorial del evento:

  • Se establecerán sectores independientes, respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación. Se designará un punto de acceso por cada sector y las zonas de paso y separación entre los sectores serán de, al menos, dos metros de ancho.
  • Cada sector debe tener una zona de aseos independiente y delimitada, donde, igualmente, se garantice la distancia interpersonal (tanto en el acceso como en los aseos propiamente dichos).
  • Las localidades se pre asignarán con anterioridad a la celebración del evento, aunque dicho evento sea de acceso gratuito.

Organización del movimiento de asistentes:

  • Se adoptarán las medidas que sean necesarias para evitar posibles aglomeraciones.
  • Se señalizarán claramente los accesos a zonas de aseos, garantizándose que se cumplen en ellos las medidas de distanciamiento, higiene y prevención y el uso adecuado de la mascarilla.

Uso de la mascarilla

Se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento en todas las áreas de las instalaciones deportivas, así como en los momentos de entrada y salida del mismo.

Consumo de bebida y comida

No se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas durante el evento deportivo, salvo, excepcionalmente, la venta y consumo de agua a través de un sistema itinerante para los asistentes o portada por ellos mismos.

Tabaco y productos relacionados

No se permitirá el consumo de tabaco y de productos relacionados (DSLN o cigarrillos electrónicos y de productos a base de hierbas para fumar) durante el evento deportivo, tanto en espacios interiores como exteriores.

Medidas de información y señalización

Antes de la celebración del evento deportivo se comunicarán los detalles de acceso, franjas horarias, medidas de seguridad sanitaria y condiciones de admisión.

Se dispondrá de carteles u otros medios informativos en los accesos principales y demás dependencias sobre las medidas preventivas y de seguridad sanitarias.

Se señalizarán las rutas para mantener el distanciamiento y evitar aglomeraciones.

Se expondrá el aforo máximo y se establecerán sistemas de control del mismo.

Se realizarán, mediante megafonía y/o pantallas, los avisos que sean oportunos, en especial se harán recordatorios de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento (incluida el área de aseos), así como en los momentos de entrada y salida del mismo.

Se recordará la obligación de no acudir al evento deportivo las personas que presenten sintomatología compatible con la COVID-19, así como aquellas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de la enfermedad o en periodo de cuarentena por contacto estrecho con un caso.

Medidas de limpieza, higiene y desinfección

Las entidades responsables de la organización y celebración de eventos deberán disponer de un protocolo de limpieza y desinfección específico para los mismos.

Salud de los trabajadores

Las entidades responsables de la organización de los eventos deberán poner en marcha los mecanismos necesarios para la protección de los trabajadores y asegurarse de que todo el personal trabajador y todas las personas que ingresen en el recinto sean conocedoras de las normas de prevención.

Recomendaciones

Los asistentes a los eventos serán preferentemente personas abonadas y público local.

Se recomienda la ventilación natural de forma permanente, para favorecer la circulación de aire y garantizar un barrido eficaz por todo el espacio. Si ésta no es posible, se utilizará ventilación forzada (mecánica), debiendo aumentarse el suministro de aire exterior y disminuir la fracción de aire recirculado al máximo, con el fin de obtener una adecuada renovación de aire.