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Región

“Vuelco total” a la prohibición de mendigar y transitar en bañador

10 marzo, 2017 12:42

La actual ‘Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia y Prevención de actuaciones antisociales’ que entró en vigor en 2004 en la ciudad de Valladolid, y que, entre otras medidas, prohibía la mendicidad y transitar en bañador, tiene los días contados. El concejal de Movilidad y Seguridad, Luis Vélez, ha presentado este viernes a los grupos políticos el borrador de la nueva norma para derogar la que actualmente existe.

El edil ha asegurado que dicha ordenanza va a sufrir un “vuelco total, desde el título hasta el último punto”. El texto, que llevará por título ‘Ordenanza de Protección del Medio Urbano’, está ideado “más en positivo” con la intención de buscar una “mayor y menos coercitiva convivencia ciudadana”.

La norma presenta numerosas novedades -como la de que deja de regular la prohibición de mendicidad o de ir en bañador por la calle- y va destinada a acentuar la obligación de los vecinos de “actuar cívicamente” en el uso de bienes y servicios comunes de la ciudad, así como a responder ante actitudes reprochables de individuos y colectivos con el medio urbano y con los conciudadanos cuando alteran la “convivencia pacífica” y la “armonía social”.

Vélez ha asegurado que se pretende el consenso total con los grupos políticos y colectivos sociales para la redacción final del texto. Por ello, el próximo lunes 13 de marzo se reunirá con colectivos para presentar el borrador. Tanto grupos políticos como ciudadanía tendrán hasta el 16 de abril para presentar aportaciones o sugerencias al texto. El borrador se publicará en la web del Ayuntamiento de Valladolid y las aportaciones se podrán realizar a través del buzón de ‘Reclamaciones y sugerencias’, de correo dsm@ava.es o del Registro General Municipal.

Novedades

El concejal de Movilidad y Seguridad ha detallado algunas novedades que presenta esta ‘Ordenanza de Protección del Medio Urbano’, como la de regular expresamente la realización de murales artísticos en la vía pública y explicar los cauces de “a quién” y “cómo” pedir las autorizaciones.

Asimismo, el artículo 7.1 prevé facilitar el ejercicio de la libertad de expresión con la habilitación en distintos barrios de espacios, paneles o soportes dedicados a la difusión de actividades sin ánimo de lucro.

Otro de los apartados promueve el cultivo de flores y plantar ornamentales en los hoyos de los árboles plantados en la vía pública, así como dar pie al uso de zonas verdes públicas por los ciudadanos, apoyando actividades de asociaciones y colectivos.

El artículo 12.4 de la Ordenanza refleja que los conductores de los vehículos deberán apagar el motor de los mismos cuando estén detenidos o estacionados sin intención de incorporarse al tráfico rodado. En este sentido, se defiende que los conductores de los vehículos deberán abstenerse de realizar aceleraciones reiteradas de motor que no sean necesarias por las circunstancias.

Por otro lado, se da pie la posibilidad de condonar las sanciones mediante la realización de trabajos o labores para la comunidad en una entidad sin ánimo de lucro que esté inscrita con fines de carácter social.

Sobre las cuantías, que antes establecían tres tramos -hasta 750 euros para las faltas leves, de 750 a 1.500 para las graves y de 1.500 a 3.000 para las muy graves-, Luis Vélez ha asegurado que es “otro debate” que se abordará en su momento ya que ahora lo importante es redactar el texto con el mayor consenso posible.

Asimismo ha afirmado que la ‘Ordenanza de Protección del Medio Urbano’ se prevé que entre en funcionamiento antes del verano de 2017 y conllevará la “derogación” de la anterior. Una abolición que todavía no ha llegado porque se dejarían de regular cuestiones o infracciones como, por ejemplo, la no recogida de los excrementos animales en la vía pública.