Nuevos reconocimientos y retirada de títulos para cumplir la Memoria Histórica
El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora llevará a la Comisión de Economía y Hacienda la segunda tanda de propuestas para la aplicación de la Ley de Memoria Histórica en este mandato.
La actual ya pasó por Pleno para abrir los correspondientes expedientes. Después de su publicidad en el BOP, BOCyL y BOE, no ha habido ninguna alegación por lo que la propuesta es la siguiente respecto, a incorporar a 5 trabajadores más a la lista de “reparación moral” y la retirada de títulos honoríficos:
- A) "Reconocimiento general con reparación moral de empleados municipales apartados de su puesto":
PRIMERO.- Proceder por el Excmo. Ayuntamiento de Zamora al reconocimiento personal a los servidores públicos cesados, con un reconocimiento general como reparación moral y recuperación de su memoria personal y familiar, dentro de los límites que fija especialmente el artículo 4.5 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, Ley de Memoria Histórica. Los servidores públicos a los que se les da un reconocimiento general como reparación moral y recuperación de su memoria personal y familiar, son los siguientes:
1.- D. Manuel Izquierdo García, Guardia Municipal.
2.- D. Germán Rodríguez Laperal, de Jardines.
3.- D. Natalio Carnero Leonardo, de Arbitrios.
4.- D. Bernardo Núñez Diego, de Arbitrios.
5.- D. Francisco Martín Marcos, de Arbitrios.
SEGUNDO.- Interesar por el Ayuntamiento de Zamora al Ministerio de Justicia la expedición de la Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal a los ameritados servidores públicos, representantes políticos y empleados públicos, conforme establece el art. 4.4. de la meritada Ley de Memoria Histórica.
- B) Retirada nombramiento Hijos Adoptivos e Hijo Predilecto":
Se considera que el nombramiento de Hijo Predilecto o Hijo Adoptivo a personas nombradas gobernadores civiles en una determinada época, justo acabada la contienda militar, como es el caso de estas tres personas, según se desprende claramente del expediente, puede considerarse como exaltación de los enfrentados a los que se refiere el art. 15.1 de la Ley 52/2007, y que la jurisprudencia, concretamente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sección 2ª, Sentencia 1022/12 de 15 de noviembre, refiere la primacía del art. 15.1 frente a los méritos del art. 15.2.
Por ello se propone la retirada de los siguientes títulos:
1.- D. Luis Rodríguez Miguel, retirada de Hijo Predilecto (sesión plenaria de 8 de agosto de 1946).
2.- D. Eusebio Rodríguez Fernández-Vila, retirada del título Hijo Adoptivo (sesión plenaria de 8 de agosto de 1946).
3.- D. Manuel Pamplona y Blasco, retirada de título Hijo Adoptivo (sesión plenaria de 22 de mayo de 1944).