El TSJCyL rebaja la pena a un hombre que agredió sexualmente a una menor tras encerrarla en un trastero en Soria
El condenado pasa de una condena de seis a cuatro años de cárcel por la nueva Ley del 'solo sí es sí'
22 diciembre, 2022 15:10La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido una resolución en la que aplica la Ley Orgánica 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, también conocida como Ley del 'solo sí es sí' en el caso de un condenado por agresión sexual a una menor en Soria. Esta es la primera vez que la Sala del TSJ procede a aplicar esta ley por el recurso planteado por el condenado.
El TSJCyL confirma en su totalidad la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, que condenó al hombre a seis años de prisión por agresión sexual. Sin embargo, ha decidido reducir la pena privativa de libertad a cuatro años debido a la aplicación retroactiva de la Ley Orgánica 10/22.
De acuerdo con la Sala del TSJ, "la Audiencia condenó al recurrente como autor de un delito de agresión sexual del artículo 179 del Código Penal -castigado con la pena de seis a doce años de prisión- a la pena de seis años, razonando que, al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal ni otros motivos que aconsejen lo contrario, procedía imponer la pena privativa de libertad en su límite inferior".
La sentencia relata que en julio de 2021, el acusado conoció a esta menor de edad a través de Instagram y ambos quedaron para conocerse. Tras el encuentro, el condenado engañó a la menor para llevarla a un trastero, donde cerró la puerta y la forzó a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento, pese a las reiteradas negativas de la víctima, que pidió al agresor que parara.
La Ley Orgánica 10/22, que entró en vigor el 6 de septiembre de 2022, establece que "cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de cuatro a doce años". Por lo tanto, el límite inferior de la pena ha sido reducido en dos años, de seis a cuatro, y este beneficio debe ser aplicado al condenado gracias al principio de retroactividad de la ley penal más favorable.