La conductora del accidente de Aldeamayor mantiene que hizo el stop
La joven R.S.D, acusada del accidente registrado en noviembre de 2015 a la salida de la urbanización 'El Soto', en Aldeamayor de San Martín, saldado con dos fallecidos y un herido muy grave, ha asegurado hoy durante el juicio que aquel día respetó la señal de stop existente en el cruce, donde su turismo fue arrollado por un camión que en ese momento circulaba por la carretera.
En su declaración, que ha prestado tan sólo a preguntas de las defensas, la acusada sostiene que aquella tarde salía de la urbanización 'El Soto' y al llegar al cruce para acceder a la VA-200 se detuvo ante una señal vertical de stop. "Paré, miré hacia los dos lados y tiré para adelante, sin ver que venía un camión. Sólo sentí un impacto y perdí el conocimiento", recuerda R.S.D, quien ya en el hospital fue sometida a pruebas de detección alcohólica y de drogas que resultaron negativas.
La conductora conducía un Rover 25 ocupado por otros tres jóvenes, los hermanos Luis Alberto y Aitor D.H, de 24 y 17 años, respectivamente, y S.P. de la C, de 19, el primero y el tercero fallecidos y el segundo con gravísimas lesiones.
La imputada ha explicado también que el copiloto, Luis Alberto D.H, era su pareja y ha reconocido que ambos compartían domicilio en Valladolid, pese a que con ello estaban incumpliendo una orden de alejamiento de él hacia ella.
Su testimonio, sin embargo, confronta con el ofrecido por el camionero implicado en el siniestro, Alfonso I.A, quien mantiene que el impacto fue inevitable como consecuencia de la irrupción del vehículo a su paso por la carretera, y ello a pesar de que al aproximarse al cruce había empezado a aminorar los cerca de 70 kilómetros por hora que llevaba para ajustarse a la limitación de 50 existente en el tramo donde se produjo el accidente.
"No podía imaginar que se iba a saltar el stop"
"No sé la velocidad que llevaba, entre los 55 y 56 kilómetros hora, pero no pude hacer nada ya que la conductora no hizo el stop en el cruce sino un ceda el paso. Me encontraba prácticamente encima, a unos veinte metros, cuando salió y sólo pude frenar a fondo. El frontal del camión dio de lleno al coche en su parte central. No podía imaginar que la conductora se iba a saltar la señal", ha incidido el transportista, que minutos antes del impacto había pasado por una empresa para descargar trigo.
La versión del camionero ha sido corroborada por un agente del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil que hizo un informe de reconstrucción de los hechos. El agente, categórico, apunta que el siniestro se produjo porque la conductora del turismo no hizo el stop y ratifica, tacógrafo en mano, que el camión no superaba los 80 kilómetros hora y que en el momento de la colisión a la altura del cruce la velocidad se había aminorado a poco más de 50. "El accidente fue inevitable, el camionero no pudo parar".
Sin embargo, el letrado de la joven mantiene como línea argumental de defensa que su patrocinada no sólo hizo el stop sino que el transportista circulaba a una velocidad excesiva y ello fue lo que desencadenó el trágico siniestro.
Para ello ha aportado un informe pericial sellado por un ingenerio de Obras Públicas que, además de discrepar de los parámetros utilizados por la Guardia Civil para calcular velocidades, mantiene que el camión implicado circulaba a entre 87,5 y 94 kilómetros por hora.
Ante ello, el perito ha sido claro a la hora de analizar los hechos: "Si el camión hubiera circulado a la velocidad adecuada, si en lugar de ir casi a 90 hubiera ido a 50, el accidente no se habría producido, habría tardado tres segundos más en llegar al cruce y el coche habría tenido tiempo de pasar holgadamente".
Eso sí, el perito ha reconocido que toda su teoría parte de la convicción de que la acusada respetó la señal de stop, algo que tendrá que dilucidar la juez encargada del caso.
El iris para comunicarse
A lo largo de la extensa vista oral ha comparecido igualmente un experto en daño corporal y especialista en Traumatología, quien ha indicado que el joven que resultó gravemente herido, Aitor D.H, pasó un total de 781 días de hospitalización a raíz del siniestro y que el lesionado sufre desde entonces una tretaparesia espástica de carácter moderado--sólo mueve el brazo y la pierna izquierdos--, un deterioro cognitivo muy grave--entiende pero no es capaz de expresarse--y una disfagia que le obliga a ingerir alimentos previamente pasados por la turmix.
Su situación es tal que el joven, postrado en silla de ruedas, dependiente de terceras personas para toda la vida y con escasa posibilidad de mejoría, se ve obligado a utilizar una máquina que registra los movimientos de su iris para poder comunicarse con sus familiares.
"Hasta entonces, para decir sí o no tenía que mover el pie", ha explicado el experto traumatólogo, quien entiende que la única mejora para Aitor es proporcionarle una bomba para aplicarle un medicamento que le permita mantenerse al menos en pie unos segundos al objeto de que sus cuidadores puedan manipularle.
Como curiosidad, la imputada en el accidente pretendía incluir en el capítulo de supuestos beneficiarios de las indemnizaciones a su propio hijo, convencida de que era fruto de la relación mantenida con el copiloto fallecido.
Pese a que el cadáver de Luis Alberto D.H. llegó a ser exhumado para cotejar su perfil genético con el del niño, las pruebas descartaron finalmente que el fallecido fuera su progenitor, con lo que el menor no ha sido incluido como beneficiario de las posibles indemnizaciones impuestas a R.S.D.
No ha quedado visto para sentencia
El juicio no ha quedado visto para sentencia ya que la juez ha acordado celebrar dos nuevas sesiones, una este jueves con el fin de que la forense valore las lesiones de Aitor D.H, y la última el día 30 de este mismo mes, a fin de que las partes exponGan sus alegatos finales.
Con carácter provisional, el fiscal y las dos acusaciones particulares solicitan cuatro años de cárcel por dos delitos de homicidio por imprudencia y otros dos de lesiones, la retirada del carné por seis años y el pago de indemnizaciones que se aproximan al millón de euros, con responsabilidad civil directa de Mutua Madrileña, mientras que la defensa de la imputada solicita un fallo absolutorio.