Óscar Puente Santiago

Óscar Puente Santiago

Valladolid

El juzgado archiva la causa contra Puente por sus vacaciones en yate

El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid ha decretado el “sobreseimiento provisional y archivo de la causa” 

28 octubre, 2021 15:58

El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid ha decretado el “sobreseimiento provisional y archivo de la causa” por el supuesto cohecho del alcalde de Valladolid, Óscar Puente, y las polémicas vacaciones en Ibiza, a bordo de un yate, del pasado año.

La jueza, en su auto, defiende que analizadas las diligencias hasta ahora practicadas, “se ha de concluir que no existen indicios bastantes de la participación de los investigados en el delito de cohecho objeto de la investigación”.

En el escrito, la magistrada recuerda que “el delito de cohecho pasivo impropio previsto en el artículo 442 CP se consuma cuando la autoridad o funcionario admitiera por sí, o por persona interpuesta, una dádiva o regalo que le fueran ofrecidos en consideración a su cargo”.

Los hechos

La jueza afirma en su escrito que en el presente caso “queda acreditado” que el Ayuntamiento de Valladolid “adjudicó el contrato” el 28 de abril de 2020 a la empresa Zaiglobal Services S.L” por un valor de “195.178,20 euros” para “el abastecimiento de productos sanitarios para la protección contra el COVID” a través del “procedimiento de emergencia previsto en el artículo 120 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público” contrato que “no ha sido cuestionado ni en la sede administrativa ni jurisdiccional”.

Además apunta que Sergio Zaitegui, administrador único de la sociedad adjudicataria, invitó entre otros a “Puente los días 21 y 22 de septiembre de 2020 a bordo de una embarcación de lujo en la Isla de Ibiza” y que el alcalde “acudía en compañía de su hija satisfaciendo el precio del alquiler del barco Sergio Zaitegui a título particular y no en la representación de la sociedad citada”.

También se ha acreditado que “existe una relación de amistad incontestable entre Puente y Zaitegui” que se remonta a “épocas anteriores al contrato administrativo citado” concretamente y también tras declaración de Zaitegui “desde hace más de cinco años” y citó encuentros y comidas familiares entre ambos y conversaciones de Whatsapp.

“Este contexto de amistad permitió a Puente dirigirse a Zaitegui para que le echara una mano en el aprovisionamiento de EPIs para el personal de diferentes servicios públicos expuestos al COVID-19 al comienzo de la pandemia cuya situación en marzo de 2020 era muy preocupante”, añade la jueza.

Una relación de amistad que “fue reconocida en sendos informes de fecha 5 y 25 de febrero de 2021 por la Secretaria General del Ayuntamiento de Valladolid a petición del Grupo Municipal Popular para descartar después conflicto de intereses en el contrato cuestionado”.

Archivo de la causa

La jueza entiende que “ante esta tesitura probatoria no puede entenderse acreditado que el investigado Zaitegui agasajara por razón de su cargo público a Puente” mediante “la invitación en un barco de recreo en Ibiza” y que “se haya atacado al bien jurídico protegido por el tipo penal cual es el prestigio y eficacia de la Administración Pública y la recta imparcialidad de los servidores públicos (Sentencia del TS de 27.10.06 y 31.07.06)”  sino que más bien “el encuentro de los investigados respondía a su estrecha relación, que incluso posibilitó responder a la urgente necesidad de medios de seguridad para el personal público”