Audiencia Nacional Valladolid

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Valladolid

Primera rebaja de condena por la Ley del ‘Solo sí es sí’ en Valladolid: de 12 a 10 años tras violar a una menor

El condenado se encuentra cumpliendo la pena

24 noviembre, 2022 12:39

Tras más de un año de trámites, la Ley de Libertad Sexual conocida como ‘Solo sí es sí’ se aprobó en agosto por el Congreso de los Diputados de España con 205 votos a favor y 141 en contra y entró en vigor el pasado 7 de octubre. Ha generado una enorme controversia y polémica a lo largo y ancho de todo el territorio nacional.

En Valladolid, ya ha provocado que se hayan revisado condenas y la Audiencia de Valladolid ha comunicado que se ha reducido una de un agresor sexual cuya condena ha pasado de los 12 años a los 10.

En un auto fechado a 23 de noviembre del 2022, de la Audiencia Provincial de Valladolid, en su sección segunda, la sala ha acordado proceder a la revisión de la condena impuesta en su día a M.B.B. fijando la pena de diez años de privación de libertad y se pide notificar la resolución a las partes advirtiéndose que contra la misma se puede interponer un recurso de apelación ante la Audiencia en los próximos 10 días siguientes a la última notificación de la presente resolución, conforme a Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de noviembre de 2018.

Agresión sexual con acceso vaginal

En la presente causa se dictó sentencia firme el 28 de enero de 2021 en la que se condenó a M.B.B como autor responsable de un delito de agresión sexual a una menor de edad con acceso vaginal, condenando al acusado a 12 años de prisión y prohibiciones de comunicación y aproximación a la víctima y cinco años de libertad vigilada.

Con fecha de 20 de octubre de 2022 se dictó providencia en la que, ante la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de Garantía Integral de Libertad Sexual  que modifica los límites inferiores de algunos tipos penales relativos a los delitos contra la integridad sexual, entre los que se encuentran infracciones por las que ha sido condenado el penado en la causa.

Posteriormente se acordó proceder al inicio del trámite de revisión de la sentencia dictada en el presente procedimiento, oír al Ministerio Fiscal, a las partes personadas y al condenado para que manifestaran lo que estimaran oportuno en relación con la posible revisión de la pena impuesta a M.B.B antes de la resolución.

Condenado cumpliendo la pena

En este supuesto, el condenado se encuentra cumpliendo la pena impuesta y los tipos penales por los que fue condenado sí han sido modificados por la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de Garantía Integral de Libertad Sexual en cuanto al límite inferior de la pena prevista.

Con esto, la pena del condenado pasa de los 12 años de prisión a los 10.