Audiencia de Valladolid

Audiencia de Valladolid Miriam Chacón / ICAL

Valladolid

A juicio cuatro hombres tras la muerte de dos operarios en las obras de un parque eólico en Valladolid

Publicada
Actualizada

Este lunes, 25 de noviembre, se va a celebrar en la Audiencia de Valladolid el juicio contra cuatro acusados tras el accidente fatídico que acabó con la vida de dos personas en Valdenebro de los Valles. Fiscalía pide 4 años y 9 meses de prisión para cada uno de ellos.

El escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León, apunta que sobre las 8.00 horas de la mañana del 15 de febrero de 2020 ocurrió el accidente en la torre 8 del parque eólico “Carratorres” situado en la parcela 18 del polígono 13 de Valdenebro de los Valles.

A consecuencia del mismo fallecieron dos trabajadores que pertenecían a la empresa Montajes Mir Aguraín en una obra que consistía en la construcción de un parque eólico de producción de energía eléctrica mediante 12 aerogeneradores de 120 metros de altura.

Estaba promovido por la empresa Gas Natural Fenosa Renovables Ruralia S.L.U., la empresa principal que realizaba la obra era Nordex Energy Spain SAY que subcontrató el montaje de los aerogeneradores a la empresa Transbiaga S.L. que a su vez subcontrató parte de los trabajos con Montajes Mir Aguraín S.L..

El accidente ocurrió en la obra de montaje de la torre de uno de los aerogeneradores. La torre del aerogenerador, como señala la Fiscalía, estaba compuesta por un conjunto de dovelas que son piezas de hormigón que se ensamblan formando una estructura vertical.

El acceso a la plataforma para avanzar en los trabajos se podía hacer de tres formas distintas. Subiendo por la escalera de servicio colocada en el interior de una de las paredes de la torre que sirve de soporte y guía del elevador, que se instala para poder acceder a la parte superior del aerogenador.

O bien utilizando el elevador hasta una determinada altura próxima a la plataforma y posteriormente subiendo por la escalera de servicio hasta la plataforma o bajando la plataforma hasta el suelo para que accedan los trabajadores de una forma fácil y segura y posteriormente subiendo la plataforma hasta la zona de trabajo.

El plan de seguridad de la obra, como apunta la Fiscalía, establecía que solo se puede acceder a la ‘Goracon’ cuando ésta se encuentra en el suelo. Si bien se aceptaba la posibilidad de utilizar el elevador para el montaje del aerogenerador. Se entiende referida a los trabajos que se realizaban en la parte superior donde se instala el aerogenerador una vez finalizada la construcción de la torre y retirado el ‘Goracon’.

El accidente se produjo cuando los trabajadores del turno de mañana usaban el elevador para acceder a la plataforma. Al comenzar el turno de mañana, cuatro trabajadores debían subir a la plataforma situada a 100 metros de altura y el resto del grupo quedarse abajo realizando tareas de apoyo.

Dado que en el elevador solo había sitio para dos y luego otros dos. Los dos primeros trabajadores, a la postre fallecidos, comenzaron a subir en el elevador y se acabaron saliendo de las guías para caer al vacío. Los trabajadores cayeron por el impacto de la caída.

El escrito de Fiscalía apunta que el elevador carecía de dos medidas de seguridad y que en el precertificado conta como puntos no comprobados. Se había ordenado y plasmado en el libro de incidencias que se debía dar copia de los precertificados que se realizaron y que no consta que ocurrieran en esta torre, apunta Fiscalía.

En realidad, la práctica era que el precertificado se hacía de forma incompleta siempre y no se revisaban los elementos de seguridad imprescindibles para el uso del elevador. Y también era práctica conocida y notoria para cualquiera que trabajar en la obra que, a partir de una altura mínima de trabajos de montaje, el acceso se hacía por medio del elevador y no bajando e izando el goracon”, apunta la Fiscalía.

El escrito señala que  los acusados: J.G.M. que era el coordinador de Seguridad y Salud en la obra, A.A.C., que era el técnico de Prevención de Riesgos Laborales de Nordex, J.M.D.M. que era el jefe de Proyecto Técnico de la empresa Transbiaga y V.M.P.V. el encargado de Montajes Mir Aguraín, “conocían y consentían esta situación”.

Añade que también “conocían que el Plan de Seguridad establecía como único medio seguro para ascender a la plataforma el que se hacía con el goracon en el suelo y no los demás, consintiendo la práctica”.

También que “el sistema de precertificación, en la práctica no se chequeaba todos los puntos de seguridad del elevador y que se sometía a los trabajadores que usaban el elevador a una situación de riesgo de caída”.

La Fiscalía acusa a los cuatro hombres de tres delitos. Uno contra los derechos de los trabajadores. Otro de homicidio causado por imprudencia del artículo 142 del código penal y otro delito de homicidio causado por imprudencia del artículo 142 CP. Los dos últimos se encuentran en relación de concurso ideal de acuerdo.

La Fiscalía pide para cada uno de los acusados 9 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros y 21 meses de prisión.

Por los otros dos delitos la pena de 3 años de prisión y la inhabilitación para ejercer la profesión y funciones de prevención de riesgos laborales.