La justicia respalda la prohibición de reuniones de más de seis personas en Castilla y León
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL ratifica la medida contenida en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 en Castilla y León por la que se limita la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en vía pública como en espacios públicos y privados, a un número máximo de seis personas durante el plazo de 14 días naturales a contar desde las 00:00 horas del 17 de Octubre de 2020.
El Tribunal además resuelve que la Administración deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.