El TSJCyL y otras ocho comunidades formalizan su protesta contra la reforma del CGPJ impulsada por el Gobierno
Las salas de gobierno de 9 de los 17 tres tribunales superiores de justicia que existen en España han formalizado ya una respuesta crítica, mediante acuerdos de sus respectivas salas de Gobierno a la reforma impulsada por el Gobierno de coalición de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que tiene como objetivo de rebajar las mayorías parlamentarias necesarias para renovar a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Estos organismos, que realizan la gestión interna de los tribunales, no suelen posicionarse sobre temas de interés político, por lo que la iniciativa puede calificarse de inédita.
Los pioneros fueron los TSJ de Castilla y León, Extremadura y Madrid, que ser reunieron y redactaron sus respectivos acuerdos el pasado 19 de octubre, si bien desde entonces a esta iniciativa se han sumado los de Aragón, Andalucía, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y Murcia.
El goteo de posicionamientos por parte de las cúpulas judiciales en cada comunidad autónoma ha continuado pese al anuncio por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de que se paralizarían los trámites parlamentarios para la propuesta de ley planteada, un gesto que busca lograr un acuerdo con el grupo popular en el Congreso para conseguir de una vez la renovación de los vocales que ejercen en funciones desde diciembre de 2018.
El PP por su parte, sigue exigiendo tres requisitos para negociar: que no esté Podemos, la retirada definitiva de la reforma y la búsqueda de soluciones que abunden en la "despolitización" del órgano, que podrían pasar por la propuesta legislativa que ha presentado este partido, consistente en que los jueces sean los que elijan a los doce compañeros que deben representarles en el Consejo General del Poder Judicial.
RECHAZO Y PREOCUPACIÓN
Los comunicados coincidentes en su contenido y recogen el "rechazo" y "preocupación" de la carrera judicial por una modificación normativa que entienden supone una merma de las garantías de independencia judicial.
En este punto coinciden con la declaración institucional aprobada el pasado día 28 por el propio CGPJ, que renuncia no obstante a emitir un juicio oficial sobre la reforma en espera a que se aclare si finalmente es retirada. Advierte el Consejo, no obstante, que estará "atento" a los acontecimientos porque cualquier cambio que se produzca en la ley orgánica debe atenerse a criterio constitucionales.
En sus comunicado, los TSJ van algo más allá que el CGPJ y apuntan que independencia solamente se conseguirá siguiendo las recomendaciones del informe GRECO de la Comisión Europea y de la Comisión de Venecia, mediante la designación directa de los doce vocales judiciales del CGPJ por los propios jueces y magistrados.
Todos ellos consideran además imprescindible que se produzca el inmediato desbloqueo en relación con la renovación del CGPJ y de los restantes órganos constitucionales, apartando dichos procesos de cualquier confrontación política que pueda ofrecer una apariencia de contaminación que comprometa su necesaria independencia.
En el caso de Aragón no hubo unanimidad, pues el acuerdo contó con el voto particular discrepante del magistrado Alfonso Ballestín Miguel, presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza, por entender que el acuerdo se excedía de las competencias de la Sala de Gobierno.
Por otra parte, el TSJ de Madrid criticó de forma especial en su comunicado que la reforma trate de eludir el necesario consenso parlamentario y dejar en manos de la mayoría política -sea cual fuere- la conformación del órgano llamado a velar por la independencia judicial. Añade que la propuesta del PSOE y Podemos es ilógica pues provoca una distinción de requisitos entre quienes, una vez nombrados, ostentarán idénticas funciones y facultades (los vocales de origen judicial y los ocho que se eligen entre juristas de reconocido prestigio)
Advierten los TSJ igualmente de que la reforma se aparta también de las advertencias contenidas en la Sentencia del Tribunal Constitucional de 1986, que defendió el acomodo del sistema de elección parlamentaria a la Constitución siempre que se respetase la necesidad de un consenso reforzado.
En el TSJ del País Vasco, el texto fue aprobado con nueve votos a favor y tres en contra, mientras que en Murcia también se contó con un voto particular, suscrito por dos miembros de la Sala, en contra del pronunciamiento.