La Junta deja sin efecto la prohibición de visitas a residencias después de que la tumbara la justicia
El Boletín Oficial de Castilla y León publica este martes el acuerdo por el que se deja sin efecto la prohibición inicial ligada al nivel cuatro de alerta en toda la comunidad de visitar a los residentes en centros o de que estos pudieran salir al exterior.
Lo hace después de que este pasado viernes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anunciara que no ratificaba esta decisión al entender que el marco normativo para adoptar este tipo de restricción de derechos fundamentales debe ser la Ley Orgánica 4/1981 (de los estados de alarma, excepción y sitio) en lugar de la Ley Orgánica 3/1986 (de medidas especiales en materia de salud pública).
Según el fallo, las personas mayores, que viven en centros residenciales, “son ciudadanos como los demás con los mismos derechos y cuya especial vulnerabilidad frente a la enfermedad transmisible de que se trata merece la adopción de cuantas medidas de toda índole sean precisas para hacer efectiva su protección, no necesariamente mediante una restricción mayor que el resto de los ciudadanos de sus derechos fundamentales”, argumentó la Sala.
Por ello, este martes la Junta ya publica que el punto cinco del acuerdo 78/2020, que suspendía las visitas en los centros residenciales y no se permitían las salidas de los residentes queda finalmente sin efecto, por lo que se podrá seguir realizando.