Condenado a cuatro años de cárcel por abusar de una niña de seis a la que cuidaba en Valladolid
La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a cuatro años y un día de prisión a un ciudadano de nacional búlgara por abusar sexualmente de una menor de 6 años a la que cuidaba.
La madre de la niña y su pareja, también nacidos en Burgaría y residentes en Valladolid, mantenían una relación de amistad con el acusado compartiendo actividades de ocio y tareas rutinarias. En muchas ocasiones, los padres de la menor encargaban al acusado de cuidar a la niña y llevarla al colegio mientras ellos trabajaban.
Los primeros hechos por delito de abuso sexual se produjeron en el año 2013 cuando el hombre se encontraba a solas con la menor en su domicilio mientras su padres no estaban en casa. El acusado propuso a la niña jugar darse masajes y con este pretexto comenzó a tocar a la pequeña , a la que metió la mano por debajo de la ropa, tocándola en el pecho y en la zona genital, diciéndola que no contara nada de eso, que si lo decía la iban a reñir y que se iban a enterar los dos.
En otra ocasión, en el año 2015, el hombre se encontraba al cuidado de la niña y éste le dijo que iban a jugar a las luchas, por lo que ambosse empujaron y en el transcurso de este juego, él la tiró encima de la cama de sus padres, colocándose encima, sin que hiciera ningún movimiento ni tocara a la menor. Ella saliendo por un lateral se metió en el cuarto de baño de la vivienda, donde se encontraba a la llegada de su madre.
En el año 2018, la madre de la pequeña denunció los hechos en Valladolid después de que la menor contara lo que le había sucedido a su abuela materna durante unas vacaciones en su país de origen.
La menor tuvo que una importante pérdida de peso presentando distorsiones cognitivas en su impanes. Además, tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico y asistencia psicológica durante un tiempo.
Finalmente, la sentencia abuelve al hombre de un delito de lesiones, pero confirma la pena de cuatro años y un día de cárcel por delito de abuso sexual hacia una menor de edad. Ademñás, de la prohibición de acercarse a ella a 300 metros y comunicarse por cualquier medio o procedimiento durante un periodo de cinco años, que se cumplirá de forma simultánea con la pena privativa de libertad, imponiendo la medida de libertad vigilada, al cumplir una vez que finalice la pena de prisión.