Si una persona, hombre o mujer, acude a un centro de reproducción asistida a donar óvulos o semen, se le someterá a un exhaustivo cuestionario para asegurarse de que su salud y la de los gametos que done es óptima. Pero también se le hará una pregunta clave: cuántas veces ha donado anteriormente y dónde lo ha hecho.
A partir de ahí, según la Ley sobre Reproducción Asistida aprobada en 2006, "será responsabilidad de cada centro o servicio que utilice gametos de donantes comprobar de manera fehaciente la identidad de los donantes, así como, en su caso, las consecuencias de las donaciones anteriores realizadas en cuanto a la generación de hijos nacidos previamente".
El objetivo de esta información no es otro que hacer que se cumpla el punto 7 del capítulo 2 de la norma: "El número máximo autorizado de hijos nacidos en España que hubieran sido generados con gametos de un mismo donante no deberá ser superior a seis".
Sin embargo, nada impide a los donantes mentir cuándo se les pregunta sobre esta cuestión. En España, no existe un registro nacional de las personas que, por motivos altruistas -aunque la donación incluye una compensación económica compensatoria por "las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales" que puedan ocasionarse-. En otras palabras, no se sabe muy bien quién dona, dónde lo hace y cómo acaban esas células reproductivas.
Cuando se publicó la Ley en 2006, se ideó una herramienta para solucionar esta eventualidad: un Registro nacional de donantes, que se recoge en el artículo 21. En el mismo, adscrito a Sanidad, se inscribirían los donantes de gametos y preembriones con fines de reproducción humana, "con las garantías precisas de confidencialidad de los datos de aquéllos". Además, sostenía la Ley, los datos del registro se basarían en los que sean proporcionados por las comunidades autónomas en lo que se refiere a su ámbito territorial correspondiente, consignaría también los hijos nacidos de cada uno de los donantes, la identidad de las parejas o mujeres receptoras y la localización original de unos y otros en el momento de la donación y de su utilización.
Diez años de retraso
Este martes, en el VIII Workshop Registro Nacional de Actividad de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF), que ha tenido lugar en la sede del Ministerio de Sanidad, la subdirectora general de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Fondo de Cohesión, Maravillas Izquierdo, ha anunciado que ya ha finalizado el proyecto de Real Decreto que regulará el registro de donantes de gametos y preembriones, por lo que su aprobación se aproxima. Diez años después de que se diera por hecho su existencia, parece que por fin el registro será una realidad.
Fuentes de la SEF confirman a EL ESPAÑOL que es una reivindicación de los científicos "desde hace tiempo" y que se trata de algo con lo que van a salir ganando todos los actores implicados en el proceso. Izquierdo no ha mencionado las razones de este retraso y, de hecho, ha atribuido la aceleración del registro a un "esfuerzo por parte del Ministerio", que cuenta con una importante "escasez de recursos humanos".
Sin embargo, aún tendrá que pasar un tiempo antes de que el registro esté en marcha en la práctica clínica, ya que "no se ha iniciado el trámite de audiencia" y el Real Decreto es sólo "un borrador". "Perseguimos recoger y gestionar los datos de los donantes, trazar el camino que recorren las células reproductoras", subrayó Izquierdo ante una audiencia compuesta sobre todo por especialistas en reproducción asistida.