La sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desbloqueado parte de las cuentas del que fuera presidente del Barcelona, Sandro Rosell. El motivo: permitirle afrontar gastos pendientes como el pago del salario de sus dos empleadas (una doméstica y otra adminstrativa), así como dos hipotecas e impuestos fiscales.
Más allá del desbloque, la Audiencia Nacional ha vuelto a avalar la decisión de la jueza Carmen Lamela de mantener en prisión al expresidente del Barcelona Sandro Rosell, acusado de quedarse con 6,5 millones de euros de la venta de derechos audiovisuales de partidos de la selección brasileña de fútbol.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de este tribunal también se opone a la excarcelación del abogado y político andorrano Joan Besolí, a quien se le atribuye la creación de empresas en el Principado con las que supuestamente se blanqueó el dinero.
Esta es la tercera vez que la Audiencia Nacional desestima los recursos de ambos acusados, que se encuentran en prisión desde el pasado 25 de mayo, y a los que se les imputa los delitos de blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal.
Desde que Rosell ingresó en la cárcel, señala la Sala en un auto, se han practicado diligencias que apuntalan los indicios contra él, entre ellas la comisión de investigación en el Senado brasileño en relación a la actividad delictiva del expresidente de la Confederación de Fútbol Brasileño (CBF) Ricardo Teixeira, a quien la justicia española aun no ha conseguido localizar.
En las conclusiones de la comisión se afirma que Teixeira se enriqueció ilícitamente aprovechando su puesto y percibió sobornos a cambio de la venta de derechos de la selección brasileña de fútbol.
Asimismo, el auto valora la declaración judicial del que fuese director general de International Sports Events (ISE) en Europa, una empresa vinculada a una sociedad árabe de Islas Caimán del billonario saudí Saleh Kamel, Dirk Hollstein.
Gracias a esa declaración se refuerza la tesis de que Rosell -que también está acusado en otro procedimiento por el fichaje del delantero brasileño Neymar- cobró comisiones derivadas de un contrato firmado en 2006 entre las empresas ISE y Uptrend -esta última propiedad de Rosell-, para que la primera adquiriera derechos sobre partidos amistosos de la selección brasileña.
En su comparecencia, Hollstein defendió a Rosell y dijo que éste solo llevó a cabo actividades de intermediación entre ISE y la CBF para la celebración de los partidos.
Sin embargo, el propio Rosell declaró ante la juez Lamela que también había recibido dinero por otras actividades relacionadas con la organización de los encuentros, algo que no mencionó Hollstein.
"Resulta sorprendente que ISE entre en negociaciones con el apelante (Rosell) para celebrar un contrato con la CBF de gran envergadura económica sin asegurarse ni pedir garantías de que ostenta algún tipo de representación o capacidad de actuar por cuenta de esta entidad", sostiene el auto.
En vista de estas contradicciones, la Sala cree que la declaración de Hollstein no ha hecho "más que ratificar" las pruebas incriminatorias que pesan contra Rosell e insiste en que existe riesgo de que se fugue de España por su facilidad "para moverse por el mundo desarrollando su actividad profesional".
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