El Consejo Superior de Deportes ha decidido no inhabilitar al presidente de LaLiga Javier Tebas tras lo sucedido en la previa del partido de LaLiga Smartbank que tenían que disputar el Deportivo de La Coruña y el CF Fuenlabrada y que se retrasó por el viaje del equipo madrileño hasta la ciudad gallega con varios positivos por Covid-19 en su expedición.
La petición había sido realizada por el propio Deportivo de La Coruña y por el Numancia, los dos equipos que se sentían perjudicados en la contienda y que luchaban por mantener la categoría en Segunda División. El viaje del equipo madrileño se produjo el pasado mes de julio y correspondía a la útima jornada del campeonato en la que el equipo gallego se jugaba su permanencia en la categoría de plata, condición que finalmente terminó perdiendo.
Los dos clubes imputaban a Javier Tebas abuso de autoridad, falta muy grave de las reglas del juego por adulteración de la competición, conflicto de intereses e incumplimiento del Protocolo Covid-19. Sin embargo, la resolución del Consejo Superior de Deportes ha dejado claro que no es posible derivar un abuso de autoridad del presidente de LaLiga porque con la documentación que se ha facilitado en las denuncias no se puede afirmar que el viaje del equipo fuenlabreño excediera las facultades de Tebas.
Además, considera que no hubo adulteración de la competición por parte de LaLiga ya que el acuerdo de la suspensión del partido entre el Deportivo y el Fuenlabrada fue realizado por el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol, por lo que la entidad que preside Javier Tebas quedó exenta de ese punto.
De la misma forma, Irene Lozano, presidenta del Consejo Superior de Deportes, desestima la acuasión de incumplimiento de las medidas sanitarias en base a lo denunciado por los clubes como ya hicieran Juez de Disciplina Social de la LNFP y el Juzgado de Instrucción de La Coruña.
Redes y medios
La resolución del CSD también incide en que los mensajes publicados por el presidente de LaLiga en sus redes sociales a los que se hace alusión en la denuncia, no contienen significado alguno que atente contra la dignidad y el decoro deportivo, o, al menos, que no se puede deducir a partir de los mismos. La realidad es que en ningún momento se en ningún momento se utilizan palabras malsonantes, insultos o palabras despectivas hacia el presidente del Deportivo de La Coruña.
Por último, respecto a las diferentes informaciones que han salido publicadas en los medios acerca del caso, el Consejo Superior de Deportes considera que carecen de la fundamentación jurídica necesaria. Además, considera que de lo sucedido no se puede afirmar que la situación haya favorecido personalmente a Javier Tebas en ningún momento, especialmente tras la celebración del partido entre ambos equipos, el cual se terminó jugando el 7 de agosto de 2020 en el Estadio de Riazor. El choque terminó con victoria del equipo gallego por 2-1.
[Más información: LaLiga cifra en 90 millones el impacto de la 'ley Garzón' que limita la publicidad de apuestas]