Consuelo Císcar, exdirectora del IVAM entre 2004 y 1014, ha sido absuelta por la Audiencia de Valencia en el caso de las esculturas de Gerardo Rueda. El juez ha absuelto también a su exdirector económico, Juan Carlos Lledó, y al hijo adoptivo del artista madrileño, José Luis Rueda.
A los tres se les imputaban presuntos delitos de prevaricación, falsedad, malversación y estafa en la compra, por parte del IVAM —el museo de arte contemporáneo de Valencia de titularidad autonómica—, de ocho esculturas de Rueda fabricadas después de su muerte.
El museo adquirió las esculturas mediante la firma de dos contratos, en diciembre de 2004 y marzo de 2006, por un total de 2,9 millones de euros, y además recibió la donación de otras 90 obras de Rueda.
La Fiscalía Anticorrupción pedía para Císcar seis años de cárcel y diez de inhabilitación. También solicitaba cinco años y medio de cárcel para Lledó y cinco a José Luis Rueda. Además, consideraba que las obras vendidas no eran originales. En cambio, la sentencia considera que sí lo son, ya que Rueda autorizó a su hijo para que pudiera convertir sus esculturas en obras monumentales mediante el cambio no solo de las medidas sino también del material, según se desprende de las cartas firmadas por el artista que ha examinado el tribunal.
Por tanto, el tribunal no considera que en la conducta de los acusados haya existido “el requisito del engaño”. Además, la sentencia considera que el precio que se pagó por las obras “fue acertado o en su caso muy beneficioso”.
Císcar ha salido indemne de esta batalla judicial, pero no de la anterior. En agosto, la Audiencia de Valencia la condenó a un año y medio de cárcel, dos y medio de inhabilitación para ejercer un cargo público en la Comunidad Valenciana y una multa de 75.000 euros por los delitos de prevaricación y malversación al haber utilizado los recursos del IVAM para beneficiar la carrera artística de su hijo Rafael Blasco Císcar. La exdirectora del museo admitió el delito de prevaricación y se comprometió a pagar la multa, por lo que la Audiencia suspendió la pena de prisión con la condición de que no vuelva a delinquir en el plazo de dos años.