Image: El Gobierno aprueba el regreso del 'canon digital'

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El Gobierno aprueba el regreso del 'canon digital'

Vuelve el modelo de compensación por copia privada con cargo a los importadores y fabricantes de aparatos y soportes de grabación y reproducción

3 julio, 2017 02:00

El disco duro es uno de los dispositivos que serán gravados para compensar a los autores

Tras meses de negociación, el Gobierno ha aprobado este lunes el Real Decreto-ley que recupera el modelo de compensación por copia privada, vigente en toda la Unión Europea, que carga a los importadores y fabricantes de equipos, aparatos y soportes de reproducción la compensación equitativa para los autores y otros titulares de derechos de propiedad intelectual por el lucro cesante derivado de las copias privadas (legales, no piratas) de sus obras.

Este sistema, que afecta a teléfonos móviles, ordenadores, discos duros, tarjetas de memoria, discos vírgenes y similares, estuvo vigente hasta 2012. Tras una campaña en contra de este método de compensación, el Gobierno del Partido Popular lo cambió y el canon fue sustituido por una compensación económica que salía de los Presupuestos Generales del Estado, con lo que esta ya no procedía de los posibles usuarios de copias sino de todos los contribuyentes, y reducía drásticamente la cantidad percibida por las entidades de gestión, que pasó de unos 100 millones de euros anuales a 5, aproximadamente.

Con respecto a la recuperación del modelo anterior, desde la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI) señalan que "los autores, artistas, editores y productores españoles, a falta de una revisión a fondo del texto aprobado, consideran una buena noticia que, a pesar de hacerlo con un año de retraso, el Gobierno adapte esta normativa al derecho comunitario, en línea con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el 9 de junio de 2016 declaró ilegal el sistema español sufragado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, y del Tribunal Supremo de España, que el pasado 11 de noviembre lo declaró nulo".

ADEPI, que engloba a las entidades de gestión de derechos de autor AGEDI, AISGE, AIE, CEDRO, DAMA, EGEDA, SGAE y VEGAP, también considera que el nuevo Real Decreto-ley "corrige la definición y alcance del límite de copia privada, poniendo fin al problema creado por la última reforma, que había convertido en ilícitas la mayoría de copias privadas que hacen los ciudadanos".

Antonio Fernández, director general de ADEPI, explica a El Cultural que la anterior definición de copia privada "dejaba fuera todo el ámbito digital". Pongamos que un usuario compra una película en DVD, hace una copia en forma de archivo digital y lo envía después a un amigo por WeTransfer. Según la normativa anterior, no tendría derecho a hacer esa copia privada ni a compartirla. Con la nueva normativa, que entrará en vigor el próximo 1 de agosto, su actuación sí estaría amparada por el derecho de copia privada. "Los usuarios lo hacían igualmente, pero no era considerado legal", señala Fernández. Esta ampliación del derecho del usuario favorece además a los autores, ya que este tipo de copias se incluirán también a la hora de estimar las cuantías que han de pagarse a los autores a modo de compensación por el lucro cesante.

Las copias privadas podrán compartirse con "un círculo cercano" de personas, pero será tarea de los tribunales, en caso de conflicto, determinar qué se entiende por círculo cercano. Esta limitación, explica el director general de ADEPI, se establece sobre todo para evitar que las copias sean difundidas a un público indiscriminado a través, por ejemplo, de las redes sociales.

Hasta que se desarrolle el reglamento con las tarifas definitivas que se aplicarán para determinar la compensación por copia privada, el Real Decreto-ley aprobado hoy establece unas tarifas provisionales que ADEPI considera demasiado bajas en comparación con el resto de Europa. "En los próximos meses tendremos que negociar los importes definitivos", explica Fernández.

La cuantía provisional contempla, por ejemplo, un gravamen de 1,10 euros para los teléfonos móviles (en Francia son 8 euros); de 5,25 para impresoras multifunción; de 6,45 para discos duros externos (20 euros en Francia); y de 0,24 para memorias USB y tarjetas de memoria.

El director general de ADEPI considera peyorativo el uso del término 'canon digital' para referirse al método de compensación por copia privada. "Un canon es algo que se impone. Esto en cambio es una manera de compensar la expropiación del derecho de los autores para autorizar o prohibir la reproducción de sus obras. El término 'canon digital' fue incentivado por los enemigos de esta medida", opina Fernández.

Según los datos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO por sus siglas en inglés), Francia es el país de la Unión Europea con una compensación por copia privada per cápita más alta: 3,38 euros al año."En España a día de hoy esa cuantía es cero, porque el Tribunal Supremo anuló el anterior método y los autores llevan sin cobrar la compensación desde 2015", recuerda Fernández.

@FDQuijano