El ministro de Cultura y Deporte en funciones, José Guirao, ha impuesto hoy una sanción de 400.000 euros a la web www.exvagos.com, www.exvagos1.com y www.exvagos2.com por la comisión de una infracción muy grave a la Ley de Propiedad Intelectual, consistente en la reanudación, por dos o más veces, de actividades ilícitas de vulneración de derechos de propiedad intelectual en Internet. Se trata esta de la multa más alta hasta ahora a una empresa privada, que conllevará además su cierre durante un año.
“Una de las políticas en las que el ministerio está haciendo especial hincapié es en la lucha contra la piratería”, ha declarado Guirao al respecto. Una lucha “que no es fácil, no es sencilla por las complejidades técnicas que tiene, pero que gracias al trabajo permanente que hay detrás va dando resultados”.
Se trata, de hecho, de la segunda sanción que impone José Guirao a una web reincidente. La primera fue en junio de 2018 a www.x-caleta.com, y www.x-caleta2.com, con un importe de 375.000 euros. Una cuantía que va en proporción a la cantidad y al sistema, ha explicado el ministro. “A mayor piratería, mayor sanción”.
Por su parte, José Guirao ha celebrado que “la piratería ha bajado bastante” en nuestro país gracias a la combinación de tres factores. El primero de ellos, “el acceso fácil y a buen precio a contenidos legales” ha propiciado que la gente “cuando tiene una oferta amplia y a un precio asequible, se apunte a la legalidad”, ha señalado. Otro factor ha sido la acción represiva. En este sentido ha recordado el ministro que “costó mucho trabajo poner en marcha todo el mecanismo de cierre y de multas a las empresas piratas y eso ya funciona con normalidad”. Además, por último, ha recalcado la importancia de las campañas de concienciación. “Todavía tenemos que seguir trabajando, la piratería es uno de los cánceres que tienen la cultura porque los creadores necesitan cobrar derechos para seguir trabajando. Es un dardo mortal contra la creación y hay que combatirla". Algo que en España "aunque costó bastante trabajo eso ya se ha conseguido”, ha sentenciado.
Además de la multa económica, el ministro ha resuelto a su vez el cese de la actividad de la web www.exvagos.com durante un año. En caso de no producirse el cese voluntario de su actividad, el Ministerio requerirá la colaboración necesaria de los operadores de acceso a Internet, los servicios de alojamiento, los motores de búsqueda y los servicios de publicidad para que suspendan los servicios prestados al infractor.
Con esta sanción se resuelve un procedimiento administrativo de carácter sancionador en relación con las denuncias presentadas por la Asociación Española de Videojuegos (AEVI), e iniciado a finales de julio de 2019.
En el expediente ha quedado demostrado que exvagos.com es una web reincidente en la vulneración de derechos de propiedad intelectual y que ha venido utilizando dominios espejo para eludir el control de la legalidad. Además, ha contado con publicidad asociada que proporcionaba un lucro para el titular de la web, en perjuicio de los derechos de los autores y creadores.
Esta sanción coincide con el bloqueo a ocho páginas web con contenidos piratas que el pasado 31 de octubre autorizaron los Juzgados de lo Contencioso-Aministrativo. Concretamente, se autorizó el bloqueo de un total de ocho páginas web asociadas a los dominios www.lomusical.com, www.lectulandia.com y www.ebookmundo.net. En el caso de las dos web relacionadas con el ámbito del libro (lectulandia.com y ebookmundo.net) entre ambas daban acceso a más de 67.000 títulos.
Además, el 11 de noviembre de 2019 el Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva dictó sentencia contra J.A.M.L., alias “DJMoralo”, en el procedimiento seguido por denuncia presentada por la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual. Se le condena a un año de prisión y quince meses de multa e inhabilitación especial para el ejercicio de administración y gestión de páginas web y servidores informáticos durante el tiempo de condena. Igualmente se ha decretado el bloqueo de acceso desde territorio español a las webs tucinecom.com y oranline.com, así como a sus sucesoras o a cualquiera que redirija. Esta resolución se suma a otras recientes que consideran delito la actividad de enlazar a contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual de forma no autorizada, aunque los hechos se produjeran con anterioridad a la reforma del Código Penal del año 2015. Alentada por esta sentencia, EGEDA ha recurrido la del caso Series Yonkis y Películas Yonkis, que concluyó en absolución para los fundadores de esas webs porque en el momento en que ocurrieron los hechos aún no estaban tipificados como delito.